Me escriben sobre la infalibilidad del Papa


En mi correo electrónico encontré un mensaje conteniendo un artí­culo sobre lo que yo escribí­ respecto a la infalibilidad del Papa. Creo que el señor Carlos Garcí­a Muñoz hizo un buen trabajo para investigar y responder a mi escrito, pero lamentablemente aborda más el tema de la misa en latí­n que a mí­ no me crea gran problema, y no menciona nada del otro asunto, el del ecumenismo que sí­ considero fundamental. Dado lo extenso del trabajo, tendré que publicarlo en dos partes y será mañana, al completar su reproducción, que acotaré mis propios comentarios al respecto, pero de entrada me interesa señalar que como católico no estoy atacando a mi Iglesia ni, mucho menos, cuestionando que haya adecuaciones para ponernos al dí­a con los tiempos. Simplemente me parece que hay que revisar la cuestión de la infalibilidad. La nota de don Carlos dice así­:

Oscar Clemente Marroquí­n
ocmarroq@lahora.com.gt

Lic. Oscar Clemente Marroquí­n: En relación a sus comentarios del miércoles 11 de este mes «Â¿Cual de los papados es infalible?». Me permito enviarle mis comentarios, a manera de aclaración sobre el tema de la infalibilidad del Papa. Para el efecto he enriquecido mis escasos conocimientos con los del Padre Jorge Lorin S I, expuestos en su libro Para Salvarte, páginas 247 a 250, 55ava edición, EDIBESA, Madrid, España.

«…Luego se comprende que el Papa tiene que ser infalible cuando señala el camino de la salvación.»

«Dice el Concilio Vaticano I: Definimos ser dogma divinamente revelado que el Romano Pontí­fice cuando habla ’ex cathedra’, esto es, cuando cumpliendo con su cargo de Pastor y Maestro de todos los cristianos, define con su suprema autoridad apostólica, que una doctrina sobre la fe y costumbres debe ser sostenida por la Iglesia Universal…»

«La infalibilidad del Papa ha sido definida como dogma de fe en 1870. Desde entonces ha habido diez Papas, [desde Pí­o IX hasta Juan Pablo II. La abreviatura es mí­a]. En todo ese tiempo sólo ha sido definido el dogma de la Asunción, en 1950, por Pí­o IX. Y esta verdad estaba en la fe de la Iglesia desde el siglo VII». Esto es que ya estaba en la tradición».

Como usted bien sabe, una gran diferencia entre nuestra Iglesia, suya y mí­a, con las protestantes, o de hermanos separados, es que se basa tanto en la tradición como en la Biblia. Pero la Biblia misma en su mayor parte fue tomada de la tradición. Por lo general nuestros hermanos evangélicos afirman que se basan sólo en la Biblia.

«Para comprender el dogma de la infalibilidad del Papa conviene tener presente: 1) SUJETO de la infalibilidad es todo Papa legí­timo en su calidad de sucesor de Pedro, y no otra persona u organismo a quien el Papa confiere parte de su autoridad magisterial. 2) OBJETO de la infalibilidad son las verdades de fe y costumbres reveladas o en í­ntima conexión de la revelación divina. 3) CONDICIí“N de la infalibilidad es que el Papa hable EX CíTEDRA a) que hable como pastor y maestro de todos los fieles haciendo uso de su suprema autoridad. b) que tenga intención de definir alguna doctrina de fe o de costumbres para que sea creí­da por todos los fieles. Las encí­clicas pontificias no son definiciones <>. 4) RAZí“N de la infalibilidad es la asistencia sobrenatural del Espí­ritu Santo que preserva al supremo Maestro de la Iglesia de TODO ERROR. 5) CONSECUENCIA de la infalibilidad es que la definición <> de los Papas sean por sí­ mismas irreformables, sin la intervención ulterior de ninguna autoridad». (Continúa mañana).