La Corte de Constitucionalidad (CC) accedió a la intervención del Registro Nacional de las Personas (Renap) con un voto razonado de parte de uno de los magistrados y esta mañana realizaron la vista pública en la cual explicaron las razones por las que determinaron esta decisión.
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Luego que el presidente de la República, ílvaro Colom, efectuara una opinión consultiva en la que consultara si «Â¿Puede el Presidente de la República, sin violar normas constitucionales, mediante acuerdo gubernativo, intervenir administrativamente el Renap?».
Y la respuesta fue en sentido «afirmativo», pero condiciona al mandatario a que cuando se materialice la decisión de intervenir la institución, se observe la interpretación, alcances, parámetros, límites y responsabilidades determinados en la opinión consultiva, para no incurrir en violación de preceptos constitucionales.
En la resolución el magistrado Francisco Flores con su voto razonado explica que es necesario respetar la autonomía.
Roberto Alejos, presidente del Congreso de la República, dijo que con o sin intervención del Renap, las reformas se efectuarán porque urge extender la vigencia de la cédula de vecindad, identificar a los menores, establecer la cantidad de dígitos para el CUI. El proceso de selección del representante del Congreso ante el Directorio del Renap también puede seguir adelante, de último dejar la elección.