Los‭ ‬nuevos‭ ‬impuestos‭ ‬castigarán‭ ‬más a unos que a otros


Mucho se ha hablado que la carga más pesada del tercio de leña de los impuestos le tocará echárselo a la espalda a la clase media-media,‭ ‬en tanto que los dueños del capital seguirán con las ventajas que les otorga su alta posición económica.‭

Jesús‭ ‬Abalcázar López‭
jesus.abalcazar@gmail.com

 


Ellos seguirán siendo intocables,‭ ‬y por si tienen que cargar con‭ ‬otros impuestos en sus costos de producción o en su intermediación comercial,‭ ‬pues tienen la opción de trasladar esos costos al precio de venta al consumidor final,‭ ‬y asunto resuelto‭; ‬y de los banqueros ni hablar,‭ ‬porque‭ ‬ellos‭ ‬estarán siempre a sus anchas en Guatemala.

‎ ‏Bajo el nombre de Disposiciones para el Fortalecimiento del Sistema Tributario‭ ‬y el Combate a la Defraudación Tributaria y al Contrabando,‭ ‬se hicieron adiciones,‭ ‬modificaciones y derogaciones a‭  ‬varias leyes como el Impuesto sobre la Renta,‭ ‬Impuesto al Valor Agregado,‭ ‬Disposiciones Legales para el Fortalecimiento de la Administración Tributaria,‭ ‬Ley del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos,‭ ‬Ley de Timbres Fiscales y de Papel Sellado para Protocolos,‭ ‬Ley de Tabaco y sus Productos y al‭  ‬Código Penal.‭ ‬Sin embargo,‭ ‬es sospechoso que las leyes de bancos y grupos financieros siguen‭ ‬engavetadas.‭ ‬Igual podemos decir de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,‭ ‬Ley Orgánica del Presupuesto y otras como la de Enriqueciminto Ilícito y de los famosos Fideicomios Públicos.‭ ‬Porque,‭ ‬a estos últimos no se les tocan puntos medulares,‭ ‬para que dejen de ser‭ ‬una poderosa‭ ‬fuente de corrupción.

Ahora vayamos a la Ley de Timbres Fiscales‭ ‬y‭ ‬de Papel Sellado para Protocolos donde se les fue la mano en un incremento del‭ ‬900%‭ ‬al papel sellado para los protocolos de los‭ ‬notarios públicos.‭ ‬Al respecto,‭ ‬consideramos que fue un aumento desmedido que sin duda encarecerá los costos de los servicios profesionales de‭ ‬los notarios,‭ ‬lo cual golpeará los bolsillos de‭ ‬la población,‭ ‬por tratarse de servicios fundamentales en cuanto a la seguridad jurídica de la propiedad privada,‭ ‬herencias,‭ ‬legados y donaciones.‭ ‬En este caso se dio un abuso en cuanto a este impuesto,‭ ‬considerando que un precepto constitucional claramente estipula que:‭ “‬El sistema tributario debe ser justo y equitativo.‭ ‬Para el efecto las leyes tributarias serán estructuradas conforme al principio de capacidad de pago‭”‬,‭ ‬sin embargo esto no se tomó en cuenta,‭ ‬recordemos que este papel sellado lo adquirimos los notarios.

‎ ‏A este respecto,‭ ‬se entiende que aumentar un impuesto al doble,‭ ‬de por sí‭ ‬ya constituye un incremento‭ ‬muy elevado,‭ ‬considerando que los salarios nunca aumentan más de un‭ ‬10‭ ‬o‭ ‬20%.‭ ‬Dependiendo del caso de que se trate podría aceptarse,‭ ‬como lo es el impuesto al papel sellado para los‭ ‬protocolos,‭ ‬si era posible hasta el doble.‭ ‬Pero,‭ ‬un aumento del‭ ‬900%,‭ ‬tiene que considerarse como abusivo porque constituye un golpe muy pesado que rebasa los límites de lo justo‭  ‬y equitativo,‭ ‬para convertirse en injusto y falto de equidad.‭ ‬Además,‭ ‬no se respetó el principio de la capacidad de pago de los contribuyentes,‭ ‬pues solo se buscó mayor ingreso para el Estado,‭ ‬sin importar el sacrificio económico‭ ‬de castigo a los ciudadanos,‭ ‬tomando en cuenta que el efecto de este impuesto se multiplicará‭ ‬en costos de otros aspectos de la actividad económica nacional.

Otro aspecto preocupante es‭ ‬el aumento del costo de las placas de circulación de los vehículos‭ ‬terrestres‭ ‬donde se mandaron con excesivos‭ ‬precios.‭ ‬Lo primero que sucederá es que los vehículos nuevos se encarecerán,‭ ‬imposibilitando a mucha gente acceder a la compra de los mismos,‭ ‬con lo cual aumentará el parque de vehículos de modelos atrasados,‭ ‬los cuales son fuente de contaminación ambiental,‭ ‬debido a los gases‭ ‬de combustión‭ ‬con humo negro que expelen‭ ‬los motores‭; ‬los cuales,‭ ‬al estilo de oxidadas jarrillas de café‭ ‬u ollas‭ ‬despeltradas para cocer frijoles,‭ ‬contaminan el aire que respiramos.‭ ‬Aumentar al‭ ‬100%‭ ‬el precio de las placas es una equivocación,‭ ‬tomando en cuenta la caótica situación económica de los guatemaltecos,‭ ‬puesto que un aumento del‭ ‬30‭ ‬o‭ ‬40%‭ ‬hubiese sido aceptable,‭ ‬ya que con ello‭  ‬se captarían nuevos ingresos,‭ ‬pero sin ahorcar,‭ ‬literalmente,‭ ‬a los contribuyentes,‭ ‬como se hizo.

Un aspecto que‭ ‬sí‭ ‬puede‭ ‬ser de beneficio‭ ‬es el de‭ ‬la compraventa de viviendas,‭ ‬porque según lo establecido en el Libro VI,‭ ‬de las nuevas leyes tributarias,‭ ‬se‭ ‬norma‭ ‬que solo la primera compraventa será gravada con el Impuesto del‭ ‬12%‭ ‬del‭ ‬IVA,‭ ‬y en lo relacionado con la segunda,‭ ‬tercera o más ventas o permutas de bienes inmuebles,‭ ‬estas‭ ‬no‭ ‬serán gravadas con el IVA,‭ ‬sino según el impuesto de‭ ‬timbres‭ ‬fiscales,‭ ‬cuya tarifa corresponde al tres por ciento,‭ ‬según lo expresa el Artículo‭ ‬181‭ ‬de dicho decreto.‭ ‬También se gravan con el tres por ciento los documentos que respaldan el pago de dividendos o utilidades,‭ ‬obtenidos en las diferentes empresas,‭ ‬así como los cupones‭ ‬por las‭ ‬acciones de los‭ ‬socios.‭ ‬También es relevante la eliminación de la planilla anual que permitía salvar parte del monto a pagar.‭ ‬En compensación se dice‭ ‬que se aumentaron los montos exentos de impuestos,‭ ‬hasta los Q‭ ‬5,000.00,‭ ‬esto‭ ‬se refiere al Impuesto sobre la Renta,‭ ‬de los empleados asalariados.