Los derechos humanos y el estado de derecho


La Organización de Naciones Unidas – ONU – estipuló en el año 2005 las nuevas concepciones de la palabra «desarrollo»; lo cual incluye como una novedad, además del rubro económico (ingreso per cápita) y tecnológico (grado de avance industrial), el acceso de la población a la cultura y el respeto a los derechos humanos.

Fernando Mollinedo

En la medida que los pueblos del mundo tengan a su alcance el disfrute de tales concepciones, podrá decirse que son poblaciones desarrolladas; lo cual hasta cierto punto es dable en los paí­ses denominados del primer mundo o desarrollados.

En el caso de los paí­ses latinos americanos, asiáticos y africanos, algunos segmentos de las sociedades aún viven en condiciones de miseria e ignorancia, lo cual hace que su «status» sea considerado como el más bajo en el desarrollo social.

Como constante histórica, el poder se ejerce casi siempre en beneficio único y exclusivo de aquellos que lo monopolizan, por lo tanto, los derechos humanos, que en teorí­a son «universales», son, en la práctica, manipulados de forma arbitraria por los poderosos.

La injusticia social y económica en Guatemala mantenida por medio del orden jurí­dico interno, no permite que la mayorí­a de la población tenga acceso a la aplicación, goce o disfrute de los derechos humanos; la mayorí­a de la población, desposeí­da de toda clase de bienes de fortuna y contando sólo con su fuerza de trabajo como medio de vida, se vio obligada a aceptar unas condiciones de vida degradantes a partir de la invasión y conquista por parte de los españoles.

Los grados de desarrollo condicionan el disfrute real de los derechos humanos; el bienestar económico constituye en la actualidad la aspiración generalizada de todas las naciones y sus acciones polí­ticas se orientan hacia su consecución.

Sin embargo; los nuevos parámetros de desarrollo social, incluyen de manera directa el acceso a la cultura, lo que a la vez inició la discusión por saber, ¿a qué cultura se refiere la ONU?, ¿la vernácula o la occidental impuesta por medio de las armas?

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, estipula en su articulo 29, que toda persona tiene deberes respecto a la comunidad en que desarrolla sus actividades, y que sus derechos y el disfrute de sus libertades esta sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, satisfaciendo exigencias de moral, orden jurí­dico interno y bienestar general de la sociedad.

En el rubro de la Resolución de Conflictos en el área educativa, se puede decir que la población escolar, los docentes y aún las mismas autoridades, encuentran limitaciones en cuanto al desarrollo de sus actividades, por la falta de insumos y polí­ticas económicas del Estado mismo.