Desde hace 25 años, los Juzgados de Paz del interior de la República no han funcionado como en un principio se planificó y como resultado de sus deficiencias acumularon hasta la fecha más de 300 mil expedientes de procesos por los delitos considerados como “menos graves” del Código Penal. La debilidad de la institucionalidad en algunas regiones del interior del país, así como las condiciones de trabajo de dichas judicaturas han tenido como consecuencia el aumento de las solicitudes de trasladar los casos a juzgados de mayor rango o de Mayor Riesgo en la ciudad Capital.

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Por medio del Decreto 7-2011, que contiene las reformas al Código Procesal Penal, los Juzgados de Paz de toda la República recobraron la vida y fueron reactivados para que conocieran procesos por delitos menos graves o considerados de menor impacto.
Anterior a las reformas, el Artículo 44 de la referida normativa circunscribía el trabajo de dichas judicaturas al diligenciamiento de procesos por faltas; no obstante, su trabajo se fue reduciendo, ya que las faltas establecidas en el Código Penal fueron haciéndose “cotidianas”. Tal es el caso de la instituida en el numeral 5, del Artículo 485 de dicho Código, “quien adquiera objetos de procedencia sospechosa, comprados a un menor o a una persona de la que se pueda presumir que no es su legítimo dueño”.
No obstante, al no contar con los recursos técnicos y económicos para resolver casos de este tipo, los Juzgados de Paz devinieron en una saturación del sistema de justicia.
Como evidencia de esto, se pueden mencionar los 307 mil 509 expedientes de procesos judiciales que permanecen en el archivo físico del Centro Administrativo de Gestión Penal en el Organismo Judicial. De estos expedientes hay 3 mil 300 que ingresaron en el año 1998 hasta 14 mil 850 ingresados en el 2012. Hasta la fecha 40 mil de estas causas han sido liquidadas por la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, para que se reencaucen a judicaturas con posibilidades de resolver.
RESULTADOS
Según datos estadísticos del Centro Nacional de Análisis y Documentación del Organismo Judicial (Cenadoj), entre los años 2009 al 2011, a los Juzgados de Paz ingresaron 328 mil 848 casos de faltas. De estos fueron resueltos por otras vías, 24 mil 388, y se dictaron 2 mil 772 sentencias por faltas.
Como resultado global se estableció que dichos órganos jurisdiccionales tuvieron una efectividad del 8.28 por ciento, al resolver en total 27 mil 160 de los más de 300 mil que recibieron.
Durante las visitas que realizó Thelma Aldana Hernández, cuando fungió como presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), evidenció que los juzgados del interior de la República son los más necesitados, y que las deficiencias van desde escasez de personal hasta insuficientes insumos e infraestructura deficiente.
Pero dichas carencias no son las únicas, pues hay otras de carácter estructural, ya que en las reformas al Código Procesal Penal, el Estado reconoció la necesidad de los Juzgados de Paz al ampliar el campo de competencia de dichas judicaturas, pero no cedió los recursos económicos para que el plan se materializara.
Carmen Aída Ibarra, directora del Movimiento Pro Justicia, opinó que al decretarse dichas reformas el Congreso de la República no garantizó los recursos para que el proyecto pudiera realizarse, y que como consecuencia las instituciones de justicia se encuentran en descoordinación.
“Al no existir una coordinación, las decisiones que toma la CSJ y que lleva el Congreso, son ineficientes porque las otras instituciones se enteran cuando ya está tomada la decisión, y estos son temas que atañen a todos”, indicó.
Por otro lado, reiteró que la principal falla del sistema es la disociación de los proyectos y el actuar del Organismo Legislativo, que tramita las leyes sin profundizar en los medios que permitirán hacerla real.
“Al final de cuentas las decisiones resultan fallidas desde su origen porque tienen algún problema, y en este caso el OJ tomó una decisión que en su momento pareció correcta, pero al no combinar esfuerzos con el Ministerio Público y con la Defensa Pública, resulta que no hay complementariedad en poner en marchas las medidas”, señaló.
En ese sentido, Ibarra dijo que lo mencionado es parte de los motivos para que no se logren avances en el despacho judicial.
PÉRDIDA DE INSTITUCIONALIDAD
José Miguel de León Ceto, alcalde auxiliar de la Alcaldía de Nebaj, del departamento de Quiché, opinó que en su comunidad, debido a la falta de respuesta que han tenido de las autoridades de justicia, han echado a andar planes de colaboración para garantizar el acceso a la justicia en la localidad.
Estos consisten en aportar pruebas, colaborar con las investigaciones, entre otras acciones. No obstante, la intervención no es suficiente para investigar los actos ilícitos que se comenten y resolver las causas, indicó Ceto.
“Estamos decepcionados. Ha habido muchos casos en la región y no miramos que hagan su trabajo como pensamos que lo deben hacer; hay mucha lentitud, no se investiga y no hay resultados”, criticó.
En ese sentido, comentó que los índices de impunidad han dado como resultado que la confianza en el sistema se desgaste.
“Ya no confiamos, a los que tienen dinero les resuelven su caso, a los que no pues no. Ya no confiamos. Por eso mejor presentamos nuestros casos en la Capital o en Quetzaltenango”, expresó la autoridad indígena.
Y es que dicho fenómeno, aunque singular, ha llamado la atención de las autoridades, puesto que se ha evidenciado que por la falta de institucionalidad, incrementa la violencia puesto que casos que iniciaron como procesos leves, se convirtieron en grandes problemas generadores de conflictividad.
“Al no hacer buenas investigaciones y dictar resoluciones contrarias a la Ley, generan conflictividad, sobre todo en casos de tenencias de tierra, donde hay dobles titulaciones o reventas”, enfatizó.
Por aparte, Oswaldo Samayoa, experto en Derecho Penal y analista independiente, acotó que el trabajo que realizan las judicaturas y la falta de institucionalidad del interior se ven afectados porque a las personas que trabajan en los juzgados se les ha dejado en abandono en las labores cotidianas, no de forma institucional, sino en materia de seguridad.
También dijo que esa falta de supervisión conlleva a un acomodamiento en la tramitación de procesos, y agregó que “muchos de los jueces que se encuentran en estos lugares, la mayoría de ocasiones no son de las comunidades, y esto implica que tengan que viajar para llegar a las localidades, y eso delimita el que hacer de las autoridades”.
Por último señaló que eso incide en que aumenten la mora judicial en los tribunales de la ciudad Capital.
LAS CONSECUENCIAS
César Barrientos, magistrado presidente de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), señaló que la pérdida de la institucionalidad y el vacío que se dejó durante los más de 25 años que los Jueces de Paz no conocieron y resolvieron casos penales de delitos menos graves, propiciaron una falta de resolución de conflictos en las comunidades.
“Al no resolver los problemas pequeños va aumentando el nivel de frustración, el sentimiento de temor, de cólera, de la población que se queda sin encontrar formas de solución de conflictos, y eso incide en la desconfianza frente al Estado”, opinó.
En ese sentido agregó que en algunos lugares la población ha pedido la salida de los Juzgados de Paz, por su inoperancia.
En conclusión, Barrientos dijo que todo Estado de Derecho necesita Juzgados de Paz para que en las poblaciones resuelvan los casos pequeños y también los jueces tengan autoridad para conducir los delitos menos graves.
CASOS PARADIGMÁTICOS
Al año 2012, la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia autorizó el traslado de alrededor de 160 procesos a los juzgados de Mayor Riesgo en la Capital.
Uno de estos fue el caso contra Oscar Armando Ortiz Solares y Ricardo Arturo García López, sindicados de los delitos de asesinato y homicidio en grado de tentativa. Ambos están sujetos a investigación por el asesinato del campesino Andrés Pedro Miguel, hecho ocurrido el 1 de mayo del 2012, en Santa Cruz Barillas, Huehuetenango.
La sindicación de la muerte del campesino pesa sobre Ortiz Solares y García López, quienes trabajaban como personal de la empresa española Hidroeléctrica Santa Cruz.
En el documento con el que el MP pidió el traslado del proceso, los fiscales detallan: “una de las conclusiones básicas para mantener la independencia de la justicia es la seguridad de todos los intervinientes en el proceso y de todos es sabido que la justicia penal es especialmente vulnerable de intimidaciones a aspectos que en determinado momento pueden trastocar uno de los deberes del Estado que es garantizar a la población la justicia”.
En ese sentido, argumentaron que las circunstancias que derivaron de la muerte del campesino, que incluso llevaron a que el presidente Otto Pérez Molina decretara Estado de Sitio, ponían en peligro la integridad de los investigadores, abogados, jueces y demás involucrados.
EN CIFRAS
Según un reporte estadístico, el Juzgado Primero Pluripersonal de Paz Penal de Guatemala, del 1 de septiembre del 2011 al 12 de febrero del 2013, celebró 4 mil 289 audiencias.
Dichas judicaturas recibieron mil 559 procesos donde resaltaron los casos penales comunes sin sindicado a indagar, con mil 342, mientras que conocieron 8 casos de juicio por faltas en el año 2011, comparado con el 2012 y 2013, no registraron ninguno de estos procesos.
En la capital hay 12 juzgados de paz penal, y dos de paz penal de turno, mientras que en el departamento de Guatemala hay 18 más de paz penal.
En todo el país, hay más de 338 juzgados de Paz, concentrando más en San Marcos, con 30, y Huehuetenango con 33 judicaturas.
Carmen Aída Ibarra
Movimiento Pro Justicia