Organizaciones sociales y el Registro Nacional de Personas (Renap) estiman que el problema de infantes sin registro civil es una cuestión que persiste y se ha agravado en el país, debido a que no se implementa una política para eliminar ese subregistro.
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Extraoficialmente se ha dicho que una de cada diez personas que nace viva carece de registro, lo cual implicaría que, al menos 1.3 millones de guatemaltecos (adolescentes y adultos) carecen de registro, y que, en el caso de los niños, podrían sumar unos 600 mil.
íngel Maas, registrador central del Renap, explica que entre las causas se numeran la pérdida de documentación en comunas durante el conflicto armado; la migración de guatemaltecos hacia regiones de la Costa Sur durante la temporada de zafra y hacia México, así como por desastres naturales, o abandono de los infantes.
«Eso se convierte en una cadena porque una persona que no tiene registro civil no puede inscribir a otra», reitera Maas.
CASOS
Marcos tiene 15 años y desde que nació ha vivido en Quetzaltenango; su padre murió antes de poder inscribirlo en el Registro Civil de la cabecera municipal y como su madre es mexicana y no ha podido regularizar su situación migratoria, él no existe legalmente, pues no ha sido inscrito en el Renap.
í‰lida García, coordinadora del programa de niñez y adolescencia de la organización Ceipa, en Quetzaltenango, dice que a través de los proyectos de capacitación y educación no formal para infantes y adolescentes que brinda la entidad, han detectado un buen porcentaje de adolescentes que no han sido registrados, por diversas razones.
A la fecha tienen unos 17 casos, sin embargo, tanto la madre de Marcos como la representante de la institución aún desconocen que el Renap tiene un nuevo marco legal que les facilitaría la inscripción de esos jóvenes.
«Hay procesos burocráticos que se deben cumplir, pero por ser menores de edad no tienen capacidad legal para realizarlo, por lo que necesitan apoyo», dice García.
Cada año ingresan a Ceipa unos 255 niños para los diversos programas de educación y capacitación y allí se detecta la carencia de registro civil; se ha encontrado que un 20% de esta población no tiene registro.
Muchos de los infantes y adolescentes sin registro encontrados en Ceipa son hijos e hijas de centroamericanos indocumentados, que generalmente se ubican en la zona suroccidente, según García.
ABANDONO
Héctor Dionisio, del Instituto de Protección Social, comenta que conocen unos 55 casos de infantes referidos por organizaciones miembros del Movimiento Social por los Derechos de la Niñez y la Adolescencia que por diversas razones no han sido inscritos, pero principalmente, explica que por la situación de abandono carecen de cualquier forma de identificación.
«Los niños, en su mayoría, han sido desprotegidos por su familia, algunos están institucionalizados y otros viven con su familia pero esta no se ha preocupado por registrarlos», adujo Dionisio.
El Renap tiene un marco jurídico distinto al que se disponía cuando el registro civil estaba a cargo de las municipalidades; con la Ley del Renap aprobada en 2005 las personas ya no deben resolver este proceso por medio de un notario; que significaba un trámite de unos tres meses en promedio y una erogación de unos 1500 quetzales.
El artículo 76 de la ley del Renap dispone que el procedimiento se haga directamente en las sedes del Registro, sin notarios ni intermediarios.
La ley permite que una persona, niños, adolescentes o adultos se inscriban presentando uno de una serie de seis requisitos:
Presentar una partida de bautismo
Constancia de nacimiento extendida por médico,
Constancia de nacimiento de comadrona
Un certificado de matrícula escolar
Constancia de autoridad local o municipal (que se explique el nacimiento de la persona que se está inscribiendo) en caso que no se tengan estos datos
Testimonio de dos personas mayores de edad (declaración jurada).
Con uno de estos seis se hace la inscripción, no hay límite de edad para hacer una inscripción extemporánea por la vía administrativa.