La palabra «abogado» procede del latín «ad» y «vocatus», que significa «el llamado», porque en la antigí¼edad se llamaba a la persona con conocimientos jurídicos para defender a quien lo necesitaba. Según el jurista Manuel Ossorio Florit como actividad profesional se inició con Antisoaes, aunque varios historiadores aseguran que fue Pericles, quien asistía al Aerópago para asistir a algún necesitado, debido a sus dotes oratorias. Abogado, es entonces, el que intercede o aboga por otro, que se denomina el cliente o defendido.
La abogacía tuvo un gran desarrollo hasta considerársele un privilegio y al abogado una persona culta, con dotes de orador, vasta preparación académica, con criterio independiente, capacidad jurídica y una conducta impoluta, ya que debe ser un paradigma en la defensa de los derechos individuales y un garante del cumplimiento y respeto de los derechos establecidos en la Constitución de la República.
Antes de comenzar su ejercicio, el abogado presta el siguiente juramento:»PROTESTO: Defender la justicia y la recta aplicación de la Ley. Prestar asistencia jurídica gratuita al desvalido. Guardar el secreto profesional y severa lealtad a mi cliente. No usar procedimientos vedados por la Ley y la Moral en los asuntos cuya dirección se me encomienda; y proceder siempre en todos mis actos con absoluta Buena Fe». La pregunta obligada: ¿Cuántos abogados cumplen este juramento?
Eduardo J. Couture propuso los mandamientos del abogado. Cabe acentuar los siguientes: 1º. Estudia. El derecho se transforma constantemente… 4º. Lucha?el día que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia». En el decálogo de í„ngel Ossorio y Gallardo resaltan: «7. Pon la moral por encima de las leyes?10. Busca siempre la justicia por el camino de la sinceridad y sin otras armas que las de tu saber.
Concluyó la tarea de las comisiones de Postulación, regulada por la ley respetiva de cuya efectividad no confié plenamente, porque conozco a nuestra gente. Quedaron dudas y era de esperarse. Pude observar algunas inconformidades, solo porque, en alguna ocasión, un juez falló en contra de las demandas o ideas del quejoso, o porque un abogado auxilió a la contraparte del inconforme. Se exige la Hoja de Vida, en la que se pueden escribir mentiras indemostrables como tales. Creo que sólo se deben exigir dos requisitos: Capacidad Jurídica y í‰tica. Pueden exponer experiencias en el ejercicio profesional o de juzgador; actividad académica, reconocimientos, etc. Pero ¿De que sirven si no hay valores morales que las respalden?