Linchamiento… mediático (I)


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En nuestro país, durante varios años, turbas incontroladas han detenido y linchado a personas que en su opinión son delincuentes, han recurrido a apedrearlos, a golpearlos sin control y sin límite, a quemarlos vivos, porque según alguien en la turba la persona es un ladrón, un asesino, un delincuente.

Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com


Si se analiza los casos de linchamiento no ha habido ni reivindicación para la persona que ha muerto, ni juzgamiento para quienes en el anonimato de la turba destruyeron la vida de un ser humano, tampoco ha habido la comprobación que la persona a la que se le privó la vida era efectivamente un delincuente y que su delito o falta merecía la pena de muerte.

Como ciudadanos responsables, todos estamos obligados al respeto de la ley, de los derechos humanos, a pedir y actuar en defensa de la libre expresión del pensamiento. Sin embargo, los medios de comunicación, los editorialistas, los columnistas y los periodistas en general deben velar por la justicia. Si una noticia en la forma en que se redacta, se plantea e inclina de cualquier manera el plato de la balanza que representa ese valor de justicia, el medio, el editorialista, columnista o periodista está vulnerando los derechos humanos, la presunción de inocencia y más grave aún, desprestigiando y devaluando la verdad en la opinión pública.

Recientemente, la jueza Silvia Violeta De León Santos de Miranda, con la que no tengo amistad, enemistad, ni relación o trato personal, fue sindicada en primeras planas de medios de comunicación el viernes 25, el sábado 26, el lunes 28 y el martes 29 de mayo, de forma peyorativa, refiriéndose a ella en un linchamiento mediático por una resolución que dictó en su calidad de Juez Sexto de Primera Instancia Penal y de Narcoactividad, causa que conoció por sorteo y en la que el Ministro de Gobernación públicamente manifestó que se había tenido todas las precauciones y cuidados para que la captura de los sindicados no se filtrara ni fuera previamente conocida.

La razón del linchamiento mediático obedece a que, en opinión de los medios que se manifestaron al respecto, los sindicados deberían de haber sido declarados imputables de las acusaciones que hacía la Unidad Contra la Corrupción del Ministerio Público a través de Raquel Sáenz, jefa de dicha unidad.

Al respecto, es importante conocer lo que por medio del programa “Hablando Claro” y “A las 8:45”, en entrevistas de Mario David García y Pedro Trujillo, respectivamente, la jueza De León de Miranda manifestó y categóricamente explicó: a) que durante las horas de la mañana y mayoría de la tarde, con la presencia del Ministerio Público, ella había realizado una diligencia relativa a un delito y a un elevado monto de dinero que resultó ser falso conforme a la Ley de Extinción de Dominio. b) Que como le constaba al personal del Ministerio Público y demás personas y funcionarios que le acompañaron durante la mañana y mayor parte de la tarde, ella no se había comunicado o recibido llamadas telefónicas durante ese lapso de tiempo; por consiguiente, era imposible que ella pudiera haber concertado en relación al caso que conoció al final de la tarde y primeras horas de la noche. c) Indicó que como se podía comprobar en el expediente de la causa respectiva, que se adjudicó por sorteo, el Ministerio Público no había aportado la evidencia para que ella pudiera ligar a proceso a los acusados; por tanto, su obligación como juzgadora era resolver que por falta de mérito las personas sindicadas no quedaban sujetas a proceso.
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