Con candado legal se encuentran las autoridades del Instituto de la Defensa Pública Penal que su misma legislación les impone para designar a los abogados defensores en todo el país.
El artículo 20 de la Ley del Servicio Público de Defensa Penal refiere que la sección metropolitana no puede ser integrada por un número mayor de 25 abogados o defensores públicos.
Según el abogado Julián Shaad, coordinador de defensores públicos, ese marco legal propio de la institución que representa, provoca que estén atados de manos para la designación de personal y que en ocasiones las tareas de los abogados en ejercicio de defensa no puedan desempeñar sus labores.
«Tenemos una sobrecarga de labores aunada al problema de falta de presupuesto con el que actualmente trabajamos, nos enfrentamos en ocasiones en que un mismo abogado tiene que llevar de tres a cuatro casos al mismo tiempo por falta de personal», mencionó Shaad.
El entrevistado refirió que en todo el país se cuenta con un número reducido de 92 abogados defensores.