Ley Anticorrupción obligará a mejores actuaciones en justicia


aa_foto_4

Con la recién aprobada Ley contra la Corrupción se establecieron penas más fuertes contra los jueces y fiscales que incurran en malas prácticas durante sus funciones.

POR JODY GARCIA
jgarcia@lahora.com.gt

A través de las modificaciones del artículo 468, del Código Penal, en donde se instituye el delito de retardo de Justicia, se establece que los jueces que no den curso a una solicitud presentada legalmente, y que retarden u ordenen el retardo de la administración de justicia, serán sancionados con prisión de dos a cuatro años, con la posibilidad de pagar una multa de Q100 mil a Q500 mil, y se les inhabilitará especialmente.

En el mismo artículo se indica que igual sanción se aplicará al representante del Ministerio Publico (MP) o de la Policía Nacional Civil (PNC),  “que a sabiendas, retardare la investigación penal o el ejercicio de la acción penal.”

La normativa anticorrupción también modifica el artículo 469 de dicho Código, el cual se refiere al delito de denegación de justicia, y establece que quien incurra en el ilícito será castigado con prisión de tres a ocho años y también será inhabilitado especialmente.

Con el antiguo Código Penal no se imponían penas de prisión, sino únicamente multas hasta por Q2 mil e inhabilitación especial de uno a dos años.

La Ley contra la corrupción establece que el delito de denegación de justicia será cometido por el funcionario o empleado público del sector seguridad y justicia, que maliciosamente desvié la investigación penal o la acción penal de oficio para evitar vincular o para desvincular al o los responsables del delito; además de quien deje de promover la investigación, quien oculte, alterare o destruya cualquier indicio o evidencia que permita  establecer la comisión de un delito, la autoría o participación delictiva.

La nueva Ley refiere que “con las mismas penas será sancionado el juez que se negare a juzgar, bajo pretexto de oscuridad, insuficiencia o silencio de la ley.”

BASTANTE FUERTES
En relación a esto Haroldo Vásquez, presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados del Organismo Judicial (AJMOJ), dijo que les preocupa que se multiplicaran las penas, en relación a que de Q2 mil a Q10 mil, que eran lo anteriormente establecido, en dichas reformas, se eleven hasta medio millón.

“Esto no implica que estemos defendiendo la realización del hecho delictivo”, enfatizó, pero agregó que consideran que la Ley anticorrupción y sus sanciones son “bastante fuertes”.

En consecuencia dijo que los juzgadores estarán alertas para evitar cualquier motivo que pudiera  propiciar que sean señalados por estos delitos.

UN INSTRUMENTO
Javier Monterroso, Secretario Privado del MP, dijo estar satisfecho, ya que las penas y sanciones serán un instrumento para exigirle a su personal ser más eficientes y que de esta manera puedan brindar una justicia pronta y cumplida.

De acuerdo con Monterroso, en el reglamento de trabajo de la Fiscalía ya existían faltas administrativas por la comisión de estos hechos, sin embargo, no eran tipificados como delitos.

Mientras tanto, Ramón Cadena, de la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) analizó que es correcto que se hayan establecido penas más graves porque esto incidirá en el combate contra la corrupción y de la misma forma servirá para prevenir la comisión de estos ilícitos.

Gabriel Medrano, presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), prefirió no emitir opinión mientras no entre en vigencia la normativa.