¿Legislar para vivir mejor?


Esta es la idea que falsamente se profesa en Guatemala para el abordaje de los graves problemas que aquejan a la Nación.

Carlos Rafael Rodrí­guez Cerna

Así­ oí­mos constantemente a la clase polí­tica, a ilusos periodistas, y a miembros del foro que en su afán de mantener protagonismo en los medios, no titubean en recomendar recetas tales como las reformas a la Constitución, reformas a la Ley de Amparo, reformas a la Ley de Comisiones de Postulación, reformas a la Ley Electoral y de Partidos Polí­ticos, reformas aquí­, reformas allá, ¡pero todo sigue igual!

Y es que no se termina de entender la realidad: Que el problema de esta nuestra sufrida patria no es de leyes, sino de hombres.

¿Y quiénes son esos hombres que nos recetarán esas flamantes reformas que constituirán algo así­ como la panacea que hará que finalmente los guatemaltecos podamos vivir mejor? ¿Acaso gozan esos individuos que se encargarán de darnos esas mágicas recetas de la solvencia moral y amor a la patria necesarios para introducir los cambios polí­tico-jurí­dicos que la patria demanda?

Yo sinceramente lo dudo. Nuestra sociedad está carcomida hasta sus entrañas. Ya lo dijo Enrique Santos Dicépolo: ¡aquí­ da lo mismo un burro que un gran profesor!

Por ello, conviene analizar el pensamiento que al respecto tení­a un verdadero y gran jurista argentino, el ilustre Julio César Cueto Rúa, quien al respecto decí­a hace ya más de medio siglo: «Es realmente digno de asombro que en nuestro paí­s hayamos prestado tan escasa atención al significado que tiene la actividad de los jueces en la aplicación del sistema jurí­dico. Jueces incompetentes pueden frustrar una excelente ley o, aún peor, pueden hacerla rendir resultados nocivos. A la inversa, buenos jueces pueden neutralizar los efectos de una mala ley o, mejor aún, suministrarle cierto sentido positivo. En la Argentina ha prevalecido el criterio, ya conscientemente expresado, ya inconscientemente sentido, de que el progreso de nuestras instituciones jurí­dicas sólo requiere la modificación de las leyes vigentes. Es así­ como se habla continuamente de la reforma de los códigos, como si ése fuese el problema fundamental de nuestro derecho privado. Nosotros afirmamos, con absoluta convicción, que la más urgente necesidad que se siente en la experiencia jurí­dica argentina es establecer un método de designación, control y remoción de jueces mediante el cual se asegure que sólo serán nombrados y sólo conservarán sus puestos aquellos abogados que sean honestos, independientes y bien preparados. Si el pueblo argentino quiere una mejor justicia, es hora de que comience a preocuparse por la persona concreta de sus jueces: quiénes son, de dónde vienen, cuáles son sus antecedentes, cuál su experiencia. Mientras la opinión pública permanezca indiferente, se seguirán cometiendo errores en las designaciones. Si el sistema de selección y nombramiento de jueces no mejora, es muy poco lo que progresará el derecho positivo argentino, es decir, el derecho vivo, real, el derecho de los tribunales, el derecho mediante el cual las controversias concretas de los habitantes de este paí­s son definitivamente decididas. Un paí­s con un mal código y buenos jueces se encuentra siempre en mejor posición que un paí­s con un buen código y malos jueces. Puede ser que este concepto no concuerde con algunos sistemas abstractos de ideas en torno a la esencia de lo que sea el derecho. Pero concuerda, como lo sabe toda persona de experiencia, con lo que pasa en el mundo real de los tribunales. Y esto es lo realmente importante, porque es lo que afecta de verdad a los abogados y a sus clientes. ¿Qué abogado lo ignora?: la más justa de las normas jurí­dicas es ineficaz frente a un juez corrompido».

Punto y final.