La UNESCO, el genoma y los derechos humanos (I)


Artí­culos, pelí­culas y videos de ciencia ficción sobre el genoma, la clonación y sus implicaciones empiezan, en la actualidad, a llamar la atención en forma masiva de ciudadanas y ciudadanos asombrados de las investigaciones cientí­ficas; sin embargo, la realidad supera a la imaginación y es necesario informar sobre los problemas que para la humanidad tiene el genio creador de hombres y mujeres.

Carlos Cáceres
ccaceresr@prodigy.net.mx

Considerando lo anteriormente expuesto, es conveniente destacar que la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés), aprobó por consenso -en noviembre de 1997-, uno de los documentos más importantes del anterior siglo: la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos. Con base en una resolución de la Conferencia General de la UNESCO, el Comité Internacional de Bioética (CIB), integrado por 55 miembros de diferentes disciplinas y áreas geográficas fue quien, durante cuatro años, preparó el anteproyecto, el cual tuvo el pleno apoyo del Director General de la UNESCO, Federico Mayor. Un aspecto importante a destacar es el siguiente: la idea de esta Declaración surgió seis años antes de que la oveja Dolly fuera clonada por el cientí­fico Harry Griffin. El texto aprobado por la UNESCO se refiere al porvenir de la humanidad -conociendo el vertiginoso avance de la ciencia y la técnica-, otorgándole un contenido ético y moral. Se trata de analizar las repercusiones humanas y sociales de investigaciones que se refieren a la vida y la salud. Federico Mayor señala: «La responsabilidad es el interés, reconocido y aceptado como deber, que manifestamos por otro ser humano». También es relevante destacar que la comunidad internacional asumió el compromiso de analizar normas internacionales de bioética que no existí­an, lo cual explica que los Estados participantes se hayan puesto de acuerdo en un plazo relativamente corto. Además, la Declaración toma en cuenta, básicamente, la libertad individual de las personas sin desconocer a los grupos de individuos. La Declaración, expone Noí«lle Lenoir, presidenta del CIB, tiene como principal aporte «negar el reduccionismo genético. Se trata de rechazar la idea de un todo genético que pretende atribuir todos los comportamientos humanos, individuales o sociales, al solo determinismo biológico». De igual manera, el texto aprobado por la UNESCO prohí­be la producción de individuos clonados, reafirmando entonces la primací­a de la dignidad humana. Se expone, pues, un planteamiento de ética a nivel mundial incluyendo la solidaridad activa «con los individuos, familias o poblaciones particularmente vulnerables ante enfermedades o deficiencias de tipo genético». En el contexto de la Declaración se señala el hecho de garantizar el respeto a los derechos humanos de cualquier persona, pero también se asegura la libertad de investigación. Nadie puede experimentar con seres humanos porque ellos tienen el derecho de ser humanos. La Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos rechaza cualquier acto discriminatorio y enfatiza que ninguna consideración biológica., económica polí­tica o social puede prevalecer por encima de la dignidad humana.