La ruta crí­tica de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad


Héctor Rosada-Granados

Centro de Estudios Estratégicos y de Seguridad para Centroamérica


Los contenidos de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad, tal y como fueron acordados en sus discusiones previas, establecen la ruta crí­tica para asegurar que lo que se haga hoy servirá de base en la construcción futura de una nueva capacidad institucional. Está claro que la sola vigencia de esta ley no garantiza la emergencia de nuevas capacidades estatales, ni el surgimiento de nuevas instituciones llamadas a enfrentar los retos que hoy nos agobian.

Para ello, será indispensable tomar decisiones dentro del marco de una polí­tica de Estado en materia de seguridad y justicia, asumiendo una visión que articule el desarrollo, la seguridad y la justicia como parte de un mismo sistema coherentemente integrado.

Apoyados en los espacios legales que facultará esta ley, en el corto plazo deberí­a articularse un Programa de Prevención que cubra, prioritariamente, la prevención de la violencia; la prevención para la reinserción y la no reincidencia; y la prevención para la niñez y adolescencia en riesgo y en conflicto con la ley penal, estando conscientes que esta medida de corto plazo rendirá sus frutos en un mediano o largo plazo.

También será necesario empezar enfrentando dos retos fundamentales: (1) contar con el conocimiento certero de qué está pasando, cómo está pasando, y porqué está pasando; y (2) precisar los bloques institucionales que prioritariamente habrí­a que desarrollar, a fin de establecer con certeza los espacios estratégicos en donde se debe intervenir.

Por la reingenierí­a

La obtención de conocimiento certero demanda tener acceso a información confiable, comparable y verificable, proporcionada por la institucionalidad responsable de buscar, captar, procesar e interpretar información estratégica, convirtiéndola en un producto de inteligencia. Es obvio que la institucionalidad existente en la actualidad deberá experimentar un proceso de reingenierí­a, buscando garantizar la solvencia de un nuevo proceso. Habrí­a que aprovechar la oportunidad para revisar nuevas perspectivas y procedimientos, apoyándose en los recursos humanos que ya han sido capacitados en su paso por las instituciones de la inteligencia estatal, efectuando la criba correspondiente.

Recomendarí­a iniciar este proceso, tal y como lo establece la Ley Marco, convirtiendo la actual Secretarí­a de Análisis Estratégicos (SAE) en Secretarí­a de Inteligencia de Estado (SIE); paralelamente habrí­a que dar inicio a la estructuración y funcionamiento de la Dirección General de Inteligencia Civil (Digici) según lo estipulado en la ley de la materia; y a la reingenierí­a de la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, en tanto etapas previas a la integración del Sistema Nacional de Inteligencia, también previsto en la Ley Marco del SNS.

Para garantizar el desarrollo de capacidades de intervención en espacios estratégicos, es indispensable proceder a diseñar los ámbitos de funcionamiento y los niveles de coordinación previstos en la Ley Marco, especí­ficamente en la instalación del Consejo Nacional de Seguridad y en la definición institucional de la Seguridad Interior, Seguridad Exterior, Inteligencia de Estado, Gestión de Riesgos y Defensa Civil.

CICIG e Inacif, apoyo fundamental

Complementariamente, se debe contar con capacidades institucionales para la investigación criminal, decidiendo la conveniencia de su ubicación. Ya se trate de una unidad de apoyo ubicada en el Ministerio de Gobernación, supervisada directamente por el despacho ministerial y coordinada por el Ministerio Público según mandato de ley; de una unidad ubicada en el Ministerio Público; o de la creación de un ente autónomo. En este esfuerzo, la aprobación y funcionamiento de la CICIG y la instalación y funcionamiento del Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), actuarí­an como un apoyo fundamental.

Recomendarí­a la instalación de una unidad de apoyo dependiente del despacho ministerial, para diseñar mecanismos de comunicación y articulación al más alto nivel entre el Ministerio de Gobernación y el Ministerio Público; a partir de esta experiencia podrí­a estudiarse la conveniencia de fortalecer este mecanismo, o de proceder al traslado de la función hacia el Ministerio Público. Me pronuncio a favor de un proceso de desarrollo progresivo que, partiendo de los pasos anteriores, se oriente hacia la formación de un ente de investigación criminal autónomo.

Se debe aplicar la Ley del Sistema Penitenciario

Las premuras del momento demandan la inmediata aplicación de la Ley del Sistema Penitenciario, partiendo con la reestructuración del sistema mediante un diseño ágil, eficiente, respetuoso de los derechos humanos y acorde a los mandatos legales que regularán su funcionamiento. Algunos aspectos de particular importancia, en tanto criterios de polí­tica pública, deberí­an considerar la situación legal del imputado (recluidos sin sentencia o recluidos cumpliendo sentencia); la naturaleza del ilí­cito cometido; el grado de reincidencia; y la obligación estatal de cubrir programas de reeducación y reinserción.

Parte de la ruta crí­tica en el corto plazo, pero con efectos en un mediano plazo, deberí­a incluir la definición de la Polí­tica de Seguridad Ciudadana, incluyendo la Polí­tica Policial y la Polí­tica del Estado Contra el Crimen, con lo cual, como complemento a lo considerado en la Ley Marco, se estarí­an ampliando las capacidades del Estado para enfrentar los riesgos y amenazas que hoy afronta la sociedad guatemalteca.

¿El porqué?

Conscientes que la ciudadaní­a considera la solución del problema de la seguridad como una prioridad, semana a semana hemos venido publicando análisis en esa materia a efecto de que los partidos polí­ticos tomen conciencia sobre el particular.