¡Claro, porque la justicia de los jueces también debe corresponder a una satisfacción de la necesidad de la conciencia popular de sentir que la justicia del Estado existe y que protege con equidad los intereses de las partes en conflicto, especialmente a las víctimas, sean estas individuales, jurídicas o en general al propio pueblo!
Jesús Abalcázar López
jesus.abalcazar@gmail.com
En el caso del traslado de la jueza Silvia de León, ordenado por la Corte Suprema de Justicia, al resolver declaró que se debió al fallo emitido respecto de la acusación formulada por el Ministerio Público en contra del exfiscal general de la república, Carlos de León Argueta y otros dos implicados, sindicados de haber cometido el delito de lavado de dinero por la ejecución de un proyecto habitacional en el municipio de Siquinalá, departamento de Escuintla, valorado en Q50 millones de quetzales, de cuyo monto el exfiscal general habría recibido Q2 millones de quetzales. La Corte Suprema resolvió que Silvia de León “desnaturalizó el proceso penal, con la no valoración de los principios constitucionales del debido proceso”. ¡Carambas y carambolas, con semejante descalificación de la jueza de León Santos, no solamente debió ser trasladada al cargo de Jueza Suplente, sino que debió ser destituida del cargo de jueza por violación flagrante al debido proceso penal!
¿Que será lo que se creen los jueces, quienes por tener la potestad de impartir justicia, se arrogan la libertad de resolver como mejor les parezca o convenga, haciendo caso omiso de lo que dispone la ley? Esto es intolerable, porque suman ya muchos los casos a lo largo de los años que han quedado en la conciencia popular como de dudosa o sospechosa resolución. Esto debe terminar porque provoca frustraciones en la población, lo que lleva a la gente a perder la fe en las instituciones oficiales de justicia y a sentirse desvalido frente a un sistema judicial que a través de su historia no ha podido convencer a la ciudadanía de la razón de su existencia. Recalcamos que la población vive con la angustia de obtener justicia o de saber que se hará justicia, para sentirse esperanzado en que los fines del proceso penal coinciden con la búsqueda de la aplicación de la ley en cada caso, es decir que exista certeza de la existencia de la defensa social y la lucha contra la delincuencia, mediante la investigación eficaz de cada hecho delictivo y la aplicación de la justa pena que corresponda a losm acusados, de acuerdo a la responsabilidad criminal de los delitos cometidos.
Otra cosa que le achacaron a la jueza Sivia de León para cambiarla de puesto, fue su impuntualidad para presentarse al juzgado a cumplir con su trabajo. Consideramos que con esto era más que suficiente para resolver su traslado como jueza suplente; puesto que lo otro, o sea la violación al debido proceso, ya lo excpusimos, solo merecía la distitución. Sin embargo, como ya sabemos, la Corte Suprema de Justicia dispuso que era suficiente con el traslado, en otras palabras, ¡te vamos a sancionar, pero no tanto; con lo cual, ni siquiera se ha sentado un buen precedente, para evitar que se siga faltando al cumplimiento de la ley, puesto que se trata de prevaricato que se ha cometido voluntariamente. Pero, claro, los jueces se defienden alegando su independencia de criterio en la judicatura y para ello cuentan con el apoyo feroz de la Asociación de Jueces y Magistrados, quienes, en este caso, manifestaron que: “Se está atentando contra la independencia de los fallos judiciales y vamos a sostener una reunión con la Corte Suprema, para discutir el problema.”
Ante tales declaraciones, dicha asociación debería proponer y defender la instauración de un eficiente sistema judicial que responda a las expectativas de justicia de los guatemaltecos, antes que defender oficiosamente, a sus asociados, como lo han hecho siempre, especialmente a quienes se encuentren en problemas, como sucede en el caso que nos ocupa. Talvez habían olvidado que la jueza sexta de primera instancia penal, Silvia de León, el pasado 24 de mayo, había otorgado: “falta de mérito al exfiscal general Carlos de León Argueta y a los otros dos acusados”, todos sindicados por el delito de lavado de dinero, como ya quedó señalado. Para finalizar esta relación, volvemos a la situación de injusticia que hemos denunciado en otros artículos, respecto a la clientela tan diferenciada de los juzgados y tribunales de justicia, debido a la existencia de procesados de primera, segunda y tercera categoría. Es decir, los de cuello blanco, los de cuello de oro y los que ni cuello tienen, quienes al final pueden perder hasta el pezcueso, y en esas condiciones, de nada les sirviría lograr algún cuello.
Ampliemos un poco esto de los cuellos. Los de cuello blanco son los políticos, compadres y funcionarios; los de cuello de oro son los que pueden pagar para buscar su propia justicia y los sin cuello son los que acuden a los juzgados y tribunales solo con la razón de su verdad o su mentira y la protección de Dios o del diablo, depende de su fe o de su satanización, pero, a veces sin influencias ni dinero que los ampare. La presidenta de la CSJ, Thelma Aldana y los Magistrados en pleno, resolvieron a lo “gallo gallina”, de acuerdo al segundo informe de la Supervisión de Tribunales del Organismo Judicial, con lo cual lograron, al menos, taparle el ojo al macho. Al final, debemos reconocer que “algo es algo dijo el diablo”, porque al menos alejaron del juzgado sexto de primera instancia penal a la jueza Silvia de León, pero hasta allí llegó el asunto y todo quedará detenido, temporalmente, para que no siga impartiendo su justicia (sic), pero eso sí, esperando una próxima oportunidad para entrar de nuevo en acción al juego y volver a tomar el bate de la justicia para un próximo “jom ron”. ¡Que Dios nos libre y que nos juzgue, pero cuando ya estemos debidamente confesados!