A raíz de la disposición reglamentaria que se emitiera en relación a la educación sexual, estimulada por ciertos sectores, algunas diputadas y diputados, con justa causa se ha producido la ira; es decir, la indignación y el enojo de quienes con arreglo a la justicia y a la razón viven según la ley de Dios o derecho natural.
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La Constitución de la República, artículo 73: «Libertad de educación y asistencia económica estatal», establece: «La familia es fuente de la educación y los padres tienen derecho a escoger la que ha de impartirse a sus hijos menores», norma legal que como bien lo señalara el Arzobispo de Guatemala, Rodolfo Cardenal Quezada Toruño, implica, en concordancia con lo establecido en el Concilio Vaticano II: «Puesto que los padres han dado vida a los hijos, tienen la gravísima obligación de educar a la prole, y por tanto hay que reconocerlos como los primeros y principales educadores de sus hijos». Prácticamente no hay discrepancia entre la norma constitucional y el concepto citado derivado del II Concilio Vaticano.
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Todos sin excepción sabemos que la familia es por excelencia donde se educa y forma a los hijos, es la piedra fundamental, la base y el inicio de la sociedad. No puede existir el Estado si las familias no se organizan, son ellas las que dan el nacimiento a la tribu, a la aldea, a la sociedad misma. En toda sociedad, históricamente los padres tienen obligaciones y derechos permanentes hacia su prole.
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En la sociedad actual, informar es: dar noticia de algo, enterar a la comunidad sobre un hecho; orientar es el informar a alguien de un asunto o negocio que no conoce. Enseñar es: permitir que se aprenda algo; educar es: desarrollar las facultades intelectuales y morales de una persona, de un ser humano y es ello lo que conlleva el derecho y la obligación fundamental de los padres a determinar cuál es la educación que sus hijos menores deben recibir.
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La escuela o el colegio es el medio complementario que los padres y la familia escogen para proporcionar la enseñanza, la orientación y la información, bajo ningún concepto puede la escuela o el colegio pretender sustituir o contradecir los principios morales e intelectuales que la familia da y considera deben ser las raíces, las bases de la educación de sus hijos.
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El Estado no debe ni puede ignorar el derecho natural, debe respetar a la familia y a los padres como las principales columnas de la existencia de la misma, debe comprender y respetar el precepto constitucional que la familia es la fuente principal de la educación y que dentro de la misma, son los padres los que tienen el derecho a escoger la educación que ha de impartirse a sus hijos menores.
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Por ello, el Estado debe buscar que los padres determinen las áreas y los temas que desean que su prole conozca y previo a que algunos «padres o madres» de la patria se consideren autoridades superiores a la familia o a los padres, buscar que sean las asociaciones de padres o las iglesias católicas y cristianas, las que intermedien entre los que forman grupos o asociaciones en el medio nacional, para aumentar el conocimiento y la educación sobre la salud reproductiva.
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El entregar o repartir anticonceptivos a los menores de edad vulnera los derechos de la familia. Lo mejor que puede hacer el Estado es decretar la suspensión de este conflictivo reglamento y buscar el entendimiento y la opinión de los padres y las iglesias.
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Considerar que el Estado o que cualquier entidad puede intervenir sin límites en la educación sexual de los menores provoca la ira de los justos.