Uno de los puntos a discutir en la agenda legislativa programada, para la sesión de mañana viernes, es la propuesta de ley contra la violencia sexual, explotación y trata de personas.
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La iniciativa de ley 3881, que busca la creación de una ley que combata la trata de personas con diversos fines, es impulsada por un conglomerado de organizaciones sociales que promueven la defensa de los derechos de niñez y mujeres; asimismo, cuenta con el apoyo de organismos internacionales como OIT y Unicef.
Karina Javier, consultora de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), considera que en el Legislativo existe un panorama muy positivo, para que la propuesta avance en su primer debate, ya que después que recibió el visto bueno en la Comisión de Puntos Legislativos, «guardó su esencia».
«El 11 de noviembre pasado la iniciativa recibió dictamen favorable y se verificó que guardara su esencia y los tipos penales que se propone crear», señaló.
Las organizaciones que impulsan la acción estiman que el proyecto reúne las características necesarias para adecuar el marco legal que necesita Guatemala para perseguir y deducir responsabilidad penal en la comisión de delitos sexuales, que no existen o están de manera inadecuada en el Código Penal.
Durante más de cuatro años la sociedad civil organizada buscó la aprobación de reformas al Código Penal, en lo relativo a delitos sexuales, empero, la iniciativa que fue conocida por el pleno del Congreso, llegó a tener más enmiendas que artículos originales, según Javier.
«Esta propuesta estipula la prevención que debería hacer el Estado, así como la prevención y restitución de derechos de las víctimas; pero lo más importante es la parte de las sanciones contra la violencia sexual», indicó la entrevistada.
TIPOS PENALES
Entre las propuestas que plantea la citada iniciativa, se encuentra la creación del delito de pornografía infantil, la violación sexual de niños -actualmente solo se considera violación cuando se trata de una niña-, y la penalización de las relaciones sexuales remuneradas con menores de edad.
«Se suprime el rapto, estupro y abusos deshonestos para quedar con tipos penales de violación y de violencia sexual, con penas bastante aceptables de seis a 12 años, y en algunos casos multas, pero ninguna sustituye a la otra», explicó Javier.
Actualmente el Código Penal contempla un lenguaje de situación irregular, no un enfoque de derechos humanos, ya que usa frases como «mujer honesta» y «acceso carnal», por lo que se considera necesario hacer cambios en ese sentido.
El proxenetismo se regula con multa; se propone una pena principal de prisión de tres a cinco años y multa de Q20 mil a Q100 mil y se crea el proxenetismo agravado.
Se plantea que el delito de trata se ubique dentro del capítulo de lesa humanidad, en el Código Penal, ya que es semejante a la esclavitud, al trabajo forzado y genocidio.
En el artículo 202 ter. Se simplifica de ocho a 18 años y la multa de Q300 mil a Q500 mil, la multa por la comisión de la trata para cualquiera de los fines: explotación sexual, laboral, tráfico de órganos y otros.
Se establece la creación de una Comisión Nacional integrada por varios ministerios: Salud, Educación, MP, PGN, SBS, Gobernación y Cancillería, la cual debe crear un fondo para la atención de las víctimas.