La inconstitucionalidad del listado geográfico de obras


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El artí­culo 141 de la Constitución Polí­tica de la República establece que la soberaní­a que radica en el pueblo, se delega, para su ejercicio, en los organismos Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Este precepto enmarca el principio de distribución de poderes del Estado, confiriendo funciones o facultades a los diferentes órganos del mismo para que estos se especialicen y ejecuten aquellas funciones de la soberaní­a que les competen o corresponden, de esa cuenta el Legislativo legisla y el Ejecutivo planifica, propone y ejecuta.

Juan Antonio Mazariegos G.

 


Sin embargo, en lo que a mi juicio constituye una flagrante interferencia de un organismo del Estado  en otro y de conformidad a noticias de prensa de esta semana, varios de los diputados y alcaldes electos en las recientes elecciones generales ya se reúnen en el Congreso de la República (Organismo Legislativo) para discutir el listado geográfico de obras que no es más que una lista detallada de los proyectos que se ejecutarán a lo  largo del próximo año en todo el paí­s, la cual elaboran los diputados, acto que riñe con lo dispuesto en el artí­culo 194, literales  d, e  y f de nuestra Constitución, que establece que corresponde a los Ministros de Estado, quienes deben de presentar al Presidente de la República, cabeza el Organismo Ejecutivo, un plan de trabajo de su ramo, el presupuesto que determinará la capacidad de ejecución de obras y la dirección de los Ministerios en la ejecución de dichas obras. Salta a la vista entonces que el listado de obras, su presupuesto y en consecuencia la determinación de qué es posible hacer y qué no, o qué es  prioritario o no, deberí­a de emitirse por un órgano técnico especializado de un Ministerio y no por un montón de polí­ticos que más parece que están repartiendo el pastel antes de hornearlo. Por si lo anterior no fuera grave, las discusiones para este reparto de obras o pago de alianzas se realizan en medio de una campaña para la segunda vuelta en las elecciones para elegir al próximo Presidente y en consecuencia cuando ambos partidos aún en contienda se esfuerzan por aliarse a partidos y lí­deres comunitarios que como los alcaldes, negocian desde ya su cuota de poder a través de esta lista polí­tica de obras que no responde como dije anteriormente a ninguna directriz técnica.

El diario elPeriódico citaba, en su edición del dí­a de ayer, al exministro de Finanzas José Alejandro Arévalo, indicando que algunos legisladores incluso tienen la práctica de decidir qué obras se realizan y cuáles no. Sin duda el listado geográfico de obras tiene una directriz polí­tica que se acentúa en los momentos que vivimos, es inconstitucional por la razones apuntadas y no responde a observaciones técnicas, presupuestarias o de capacidad de ejecución o mucho menos a las de necesidades  que no sean las de los polí­ticos que aún sin haber ocupado cargo se entrenan desde ya en lo que deberí­a de ser el deporte nacional, la quiebra de piñatas.