La importancia de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad


Como la máxima autoridad del SNS se debe crear el Consejo Nacional de Seguridad, con el objetivo de coordinar el Sistema y asesorar al Presidente de la República en la toma de decisiones en asuntos relacionados con la materia.

Héctor Rosada-Granados

Centro de Estudios Estratégicos y de Seguridad para Centroamérica (CEESC)

Varios expertos en el tema de seguridad han destacado que el gobierno del presidente ílvaro Colom no tiene un proyecto estratégico de seguridad y que su actividad se reduce a proyectos operativos de corto plazo que no garantizan una solución firme y duradera.


No es conveniente seguir reaccionando sólo a los casos de alto impacto, porque ello ha obligado a desatender la construcción de lo estratégico; el CEESC se pronuncia por seguir el camino de la construcción progresiva de un sistema y, a la par aplicar las capacidades existentes del Estado para enfrentar los retos que plantea lo cotidiano.

Hoy se discute en el Congreso la posible aprobación de la Ley Marco del Sistema Nacional de Seguridad (SNS), la cual darí­a al gobierno de ílvaro Colom el proyecto estratégico que en materia de seguridad requiere Guatemala. El objetivo del SNS es contribuir a la seguridad de la Nación, la protección de la persona humana y el bien común, en observancia de la Constitución Polí­tica de la República, el respeto de los Derechos Humanos y el cumplimiento de los tratados internacionales ratificados por Guatemala; además de implementarse permitirá superar la existencia de un conjunto de leyes dispersas, una institucionalidad debilitada y un escaso aprovechamiento de los profesionales y especialistas que en esta materia ya posee el paí­s.

Los contenidos de la Ley del SNS, tal y como fueron acordados en las discusiones previas del año 2007, establecí­an la ruta crí­tica para asegurar que lo que se haga hoy servirá de base en la construcción futura de una nueva capacidad institucional. Está claro que la sola vigencia de esta ley no garantiza la emergencia de nuevas capacidades estatales, ni el surgimiento de nuevas instituciones llamadas a enfrentar los retos que hoy nos agobian.

Después de su aprobación en el Congreso, la ruta crí­tica para la implementación del SNS deberí­a apuntar hacia dar coherencia y coordinación al funcionamiento de instituciones, polí­ticas, normativas y controles en materia de seguridad, en el marco del Estado de Derecho; y con carácter prioritario, establecer una institucionalidad de máximo nivel en materia de seguridad, que permita coordinar las instituciones comprometidas e integrar y dirigir las polí­ticas públicas, y enfrentar los desafí­os que respecto a la seguridad se presentan.

Parte de la ruta crí­tica en el corto plazo, pero con efectos en un mediano plazo, deberí­a incluir la definición de la Polí­tica de Seguridad Ciudadana, incluyendo la Polí­tica Policial y la Polí­tica del Estado Contra el Crimen, con lo cual, como complemento a lo considerado en la Ley Marco, se estarí­an ampliando las capacidades del Estado para enfrentar los riesgos y amenazas que hoy afronta la sociedad guatemalteca.

Para garantizar el logro de sus fines, el SNS deberá integrar a los órganos e instituciones del Estado vinculados con la función de seguridad; deberá ser flexible y de construcción progresiva, capaz de adaptarse a las necesidades del paí­s y al contexto internacional de conformidad con los lineamientos, temática y acciones que se determinen en la Polí­tica Nacional de Seguridad y en la Agenda Estratégica de Seguridad.

En la actual coyuntura, sus componentes iní­ciales deberí­an ser (1) la Presidencia de la República; (2) el Ministerio de Relaciones Exteriores; (3) el Ministerio de Gobernación; (4) el Ministerio de la Defensa Nacional; (5) el Procurador General de la Nación; (6) la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred); (7) la Secretarí­a de Inteligencia del Estado (SIE); y (8) la Secretarí­a de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República (SAAS).

Como la máxima autoridad del SNS se debe crear el Consejo Nacional de Seguridad, con el objetivo de coordinar el Sistema y asesorar al Presidente de la República en la toma de decisiones en asuntos relacionados con la materia; espacio al más alto nivel de decisión y asesorí­a, integrado por: (1) el Presidente de la República, quien lo preside; (2) el Vicepresidente de la República; (3) el Ministro de Relaciones Exteriores; (4) el Ministro de Gobernación; (5) el Ministro de la Defensa Nacional; (6) el Secretario de Inteligencia de Estado; y (7) el Procurador General de la Nación.

Elemento central de la ruta crí­tica será la creación del Sistema Nacional de Inteligencia (SNI), con el objetivo de coordinar la función de inteligencia del Estado, así­ como de cada uno de sus componentes en su ámbito de actuación.

El SNI será responsable de producir inteligencia y trasladarla a sus respectivas autoridades superiores; estará integrado por la Secretarí­a de Inteligencia del Estado (SIE) que sustituirí­a a la actual Secretarí­a de Análisis Estratégico (SAE), la Dirección de Inteligencia Civil del Ministerio de Gobernación, la Dirección de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, y las unidades de análisis e información de otras dependencias, tal el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores; la coordinación del SNI será responsabilidad del Secretario de la SIE. En la realización de sus funciones las instituciones del SIN tendrán prohibición de realizar operaciones derivadas de sus propias investigaciones.

La SIE será la institución gubernamental de naturaleza civil, cuya misión es brindar apoyo a las máximas autoridades polí­ticas para la toma de decisiones, mediante el acopio de la información necesaria para la elaboración de los análisis estratégicos y escenarios polí­ticos, económicos, sociales, e internacionales, a fin de prever situaciones de riesgo o amenazas contra el Estado Democrático de Derecho, sus instituciones y los habitantes de la Nación.