Pase adelante, ingeniero, antes que nada permítame felicitarlo pues ha sido seleccionado para el puesto de director del proyecto de expansión, por eso quiero que hablemos del contrato. Ah pues… muchas gracias, señor gerente, aquí estoy dispuesto a dar mi mejor esfuerzo. Muy bien, antes que nada le confirmo que va a empezar el próximo día primero y que su ingreso será de 20,000 quetzales más un 1 por ciento de las ventas que se realicen de las nuevas instalaciones.
¿Estamos de acuerdo? Sí, señor gerente. Por cierto, Ingeniero, en esta empresa todos somos colaboradores y tenemos un marco de compañerismo, por lo tanto ya no me llame señor gerente, dígame mi nombre, Esteban, y si usted me lo permite lo llamaré por su nombre, Horacio. Claro, señor gerente, perdón… Esteban. Ahora veamos lo del contrato, allí lo tengo sobre la mesa, es un contrato de servicios profesionales por el que usted, como Ingeniero Industrial, se compromete a prestar sus servicios a favor de Promotora Avícola Corporativa, S.A. o PAVICOR. ¿Puedo leerlo, Esteban? Claro, Horacio, de eso se trata; tómese unos minutos. Ya terminé, Esteban, solo que tengo algunas dudas; en primer lugar se dice que es un contrato de servicios profesionales. Sí, Horacio, ya se lo había mencionado. Pero es que yo pensé que era un contrato de trabajo, esto es, de tipo laboral. No, Horacio, usted es todo un profesional y no un simple empleado, por eso así es el contrato; por lo tanto nos va a facturar cada fin de mes en base a la base ya indicada más el porcentaje, mientras más cajas de huevos se distribuyan mayor va a ser su ingreso y obviamente las ventas de la empresa. Eso lo entiendo, Esteban, pero aquí se establece un horario y también que debo seguir las órdenes del gerente de ventas, a quien le debo presentar reportes semanales. Así es, Horacio, podemos decir figuradamente que el gerente general va a ser su jefe. ¡Entonces soy un trabajador! No, Horacio, usted es un profesional. En ese caso, Esteban, entiendo que no voy a recibir aguinaldo ni
Bono 14, ni horas extras. ¡Cabal, Horacio! Así es, pero no tiene de qué quejarse, por eso tiene un ingreso muy diferente, muy por encima de lo que recibiría un puro trabajador. Y le cuento que la mayoría de los distribuidores también extienden factura y no se les paga ni Bono 14 ni aguinaldo, imagínese toda la cantidad que eso significaría. Ah, interesante, eso no lo sabía; entonces, volviendo a mi caso, tampoco voy a recibir indemnización. No, Horacio, conforme este tipo de contrato usted puede irse cuando quiera y también la empresa puede prescindir de sus servicios en cualquier momento. Nadie está atado. Ahhh, ya entiendo, Esteban. Es que, Horacio, póngase a pensar en que si bien no va a recibir ni aguinaldo ni bono, en su remuneración mensual ya está incluido; por otra parte, si se pagara IGSS sería un 15.5% de cada pago y ¿Para qué? Conociendo la deficiencia en los servicios, usted no se va a hospitalizar en el IGSS ni su esposa, ni la va a llevar a maternidad. Por otra parte, si se accidentara o enfermara el IGSS le cubriría las dos terceras partes de su salario pero hasta un máximo como de Q. 4,000 en el mejor de los casos. Eso no le serviría, y no hablemos de la jubilación, que está muy lejos para un joven saludable como usted; en todo caso, después de 15 años de cotizaciones, igual, tendría un tope muy bajo. Pues bien, señor gerente, perdón… Esteban, firmemos el contrato. PUNTOS DE REFLEXIí“N: 1) El derecho laboral es tutelar del trabajador desprotegido y débil; pero, ¿es realmente débil la posición de Horacio? 2) La mayoría de las demandas son de trabajadores que devengan salarios muy superiores al salario mínimo y quedan sin protección la gran mayoría de los trabajadores que son los que más lo necesitan. 3) ¿Qué resolvería un juez de trabajo en caso de una demanda al terminar la relación de Horacio con la empresa? 4) ¿No debería acomodarse el derecho laboral a las realidades cotidianas? 5) ¿No debería el IGSS actualizarse y al mismo tiempo ser más eficiente? 6) En todo caso el andamiaje legal, y en particular el laboral, tiene que ser más realista y congruente en base a figuras jurídicas consistentes y fundamentadas.