Los límites de los derechos humanos se han considerado inseparables o intrínsecos de ellos mismos. Indudablemente los derechos humanos se autolimitan cuando entran en juego intereses o derechos que pueden colisionar y lesionar la dignidad de una persona y de otra, reveló el Magistrado de Conciencia, Sergio Fernando Morales, durante una conferencia que pronunció a un selecto grupo de pobladores del departamento de Quetzaltenango, en su visita efectuada – recientemente – a la referida ciudad.
Agregó que, desde el punto de vista jurídico, los límites a los derechos humanos, al igual que los límites de los derechos en general, se constituyen a través de normas que tratan de impedir precisamente la colisión entre los derechos de una persona y de otra.
Tales límites tienen relación con las características de universalidad e interrelación propias de los derechos humanos -es decir los derechos humanos son para toda persona y a pesar de que pueda existir cierta jerarquía establecida de acuerdo al máximo interés o máximos intereses que se deben proteger-, por ejemplo, el derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad que están sobre los demás derechos, la interrelación hace que no se pierda la esencia de los derechos humanos.
Establecer los límites es importante sobre todo en cuanto a la defensa, interpretación y aplicación de los derechos humanos, en caso concretos, es ahí en donde intervienen la característica de interrelación o coordinación entre los derechos. ¿Dónde está el límite de uno y del otro? ¿Quién de los dos debe ceder? Es importante considerar como ejemplo que un derecho puede lesionar o poner en peligro de lesionar el derecho de un tercero, como ilustración mencionamos: La libertad de expresión contra el derecho al honor y a la intimidad. La libertad de industria y el derecho de propiedad contra el medio ambiente. La libertad de empresa contra el derecho al trabajo.
Los limites tienen por objetivo buscar la vigencia de los derechos humanos y a través de ellos establecer si el derecho humano es o no conculcado. ¿Cómo se rompen los limites y por ende sucede la trasgresión o violación del derecho de los derechos humanos?
* Por acción, ejercida directamente por el agente.
* Por omisión: cuando el agente asume una actitud pasiva, de tolerancia o indiferencia ante el hecho violatorio.
* Por exclusión, cuando no se toman en cuenta las necesidades de determinados grupos, en otras palabras, por discriminación.
Estrechamente ligado a la existencia de los limites está el de las garantías, las cuales pueden clasificarse en: Garantías ordinarias: sociales, económicas, culturales y políticas; Ordinarias; judiciales; Ordinarias internacionales; mecanismos establecidos en los y las Convenciones Convenios, Pactos o Tratados y Garantías extraordinarias; individuales; Estado de necesidad; legitima defensa. Colectivas; derechos de resistencia.
Para comprender los límites de los derechos humanos es necesario comprender la finalidad genérica que engloba a todas las categorías de los derechos fundamentales: los cuales favorecen el desarrollo integral de la persona humana, potencia todas las posibilidades derivadas de su condición. De acuerdo con la Constitución Política de la República de Guatemala, en esos derechos fundamentales descansa la organización del Estado, para la protección de la vida, la seguridad, la libertad y el desarrollo integral de la persona.
Concluyó indicando que debe prevalecer los derechos que protegen al individuo y a su dignidad, que más contribuyan al desarrollo de su dignidad, que tengan mayor extensión y aplicación a un número más amplio de personas, que satisfagan necesidades esenciales, sin las cuales peligra la misma integridad y existencia de la persona, o que más afecten al núcleo primordial de la sociedad democrática y a sus estructuras jurídicas que son las únicas que sostienen a un sistema de derechos fundamentales.