La justicia en Guatemala no es ciega, sino dispar y sin ecuanimidad, por lo mismo resulta injusta, por acomodaticia, retorcida y discriminatoria. Los políticos y los que tienen dinero pueden obtener lo que les conviene, pero a los sin cuello les cae todo el peso muerto de la gran viga de la ley.
Jesús Abalcázar López
jesus.abalcazar@gmail.com
Comencemos por determinar que, justicia es la concepción que se tiene del bien común, luego de examinar las reclamaciones de dos partes en conflicto, para determinar de acuerdo con la ley, lo que sea justo para ambas partes, a la luz del derecho, sin olvidarnos que históricamente, tambien han existido derechos injustos. El tema viene al caso por la reciente noticia de la libertad de las dos Torres, madre e hija, Gloria Torres Casanova y María Marta Castañeda Torres. Es increible que después de cinco meses que ambas se encontraban huyendo de la justicia y evadiendo una y otra vez los operativos para su captura, de pronto se presentan a un juzgado de primera instancia, de manera voluntaria (claro que después de los arreglos previos) y al rayo se dicta resolución a cargo de la jueza de Mayor Riesgo Carol Patricia Flores Polanco, dictándole “falta de mérito” a Gloria Torres, es decir, que la dejó libre de proceso penal, con la desgastada excusa de: “por no existir suficientes medios de prueba en su contra”; y a la otra sindicada, dicha jueza le fijó una fianza de solo Q50,000.00, prohibición de salir del país y arresto domiciliario, es decir que, en la prática, quedó libre.
Consideramos que se trata solo de una manera de evadir la responsabilidad de impartir justicia, echándole siempre la culpa al Ministerio Público, en el sentido de lo mismo de siempre, cuando así conviene, en el sentido que para el juez, no existen pruebas fehacientes o suficientes. Al respecto cabe preguntarse ¿si la incapacidad del MP puede llegar hasta el extremo de la mediocridad, al pedir aperturar un juicio a sabiendas de que la demanda no está bien documentada y que podría ser rechazada? ¿Será posible que los abogados del MP sean ignorantes de su papel en el proceso penal? Bueno, yo creo que no, culpemos entonces a la discrecionalidad del juez y a su independencia juzgadora, como la base que les permite resolver así, ¡patalee quien patalee… y santos en paz! Además, es inmoral que dos personas hayan permanecido prófugas de la justicia por más de cinco meses y que luego se presenten voluntariamente para dilucidar su situación. Diferente es el caso previsto en la ley, de personas que ante alguna duda o especulación en su contra, desean adelantarse a las circunstancias y acuden a un juzgado de manera voluntaria, cuando aún no existen acusaciones formales en su contra y menos una orden de captura, como sí lo fue en el caso tratado.
Por otro lado, es sospechoso que el Ministerio Público no haya contado con suficientes pruebas contundentes, considerando que venía investigando el caso en la Fiscalía contra la Corrupción, desde el año dos mil diez, pues decían que tanto Gloria Torres como sus hijas María Marta y Christa formaban parte de una red integrada por 17 personas que estafaban a varias municipalidades en su propio beneficio. Inclusive existe una denuncia por lavado de dinero, presentada por la Intendendencia de Verificación Especial, por un monto de un millón de quetzales. Se conoció que el exalcalde, Abimael Urízar Gómez, que fungía en el municipio de San Andrés Sajcabajá, departamento de Quiché, contrató los servicios de María Marta Castañeda Torres, por una asesoría técnica y administrativa para la construcción del mercado del lugar, pero la jueza argumentó que ese documento no tenía validez probatoria porque fue firmado solo por el Alcalde y no por todo el Concejo Municipal. Talvez olvidó que el Alcalde es el representante legal de una Municipalidad.
También es oportuno recordar que la otra hija de Torres, Christa Castañeda Torres, anteriormente, después de tres meses de prisión preventiva, quedó libre bajo arresto domiciliario y solo ligada a proceso. Es decir que las tres implicadas “salieron en caballo blanco”. Después de la resolución judicial comentada, ya nada se ha sabido del caso, puesto que se le echó una cortina de humo al asunto. Se espera que el MP haya apelado y que una Sala de Apelaciones resuelva en segunda instancia, ojalá que sea poniendo las cosas en su lugar, pues de lo contrario todo estará consumado, en este caso, pero a favor de la impunidad. Es condenable que el proceso contra un alcalde que también fue acusado, siga su curso, por haber celebrado un contrato laboral con María Marta Castañeda Torres y por haber solicitado al banco el pago de un millón y medio de quetzales a favor de ella, en tanto que que otras personas, cómplices en los delitos, se encuentren ahora a salvo de responsabilidad penal, o gozando de medidas sustitutivas.