La Constitución y la justicia constitucional


 En la medida en la cual se consolida la eficacia de la justicia constitucional se afianza la fuerza normativa de la Constitución, de tal manera que construye un instrumento esencial de garantí­a del respeto a la ley fundamental del paí­s por parte del poder público -y de otras autoridades- cuando se cometen actos lesivos a la misma normativa suprema, y de ahí­ que es evidente el impacto en el orden jurí­dico, y, sobre todo actualmente, de especial relevancia en el establecimiento de un sistema de justicia constitucional.

Eduardo Villatoro

 Palabras más, palabras menos, el anterior párrafo forma parte del prólogo de la primera edición del valioso libro Constitución y Justicia Constitucional/Apuntamientos, del jurista Juan Francisco Flores Juárez, escrito por la abogada Aylin Ordóñez Reyna, quien advierte que la obra del actual magistrado de la Corte de Constitucionalidad, de la cual ha sido presidente en dos ocasiones, se divide en dos partes, abarcando la primera de ellas un estudio histórico-analí­tico de la Constitución, que se inicia con la revisión de los antecedentes más remotos de leyes superiores, remontándose al constitucionalismo antiguo, antes de la Era Cristiana.

 El profesor Flores Juárez realiza un intenso recorrido -con sus respectivos análisis- en el curso de las culturas hebrea, griega y romana, hasta llegar a las revoluciones inglesa, norteamericana y francesa, y para un estudio más completo del tema, enfoca la evolución del «Estado», basándose en estudios del autor Paolo Biscaretti, en lo que respecta a lo que se denomina en el mundo occidental el Estado Patrimonial, durante el Medioevo, y del llamado Estado Policí­aco (con un gobierno absoluto concentrado en el rey) del Renacimiento en adelante, para desarrollarse en un nuevo modelo estatal definido por algunos tratadistas como Estado Moderno, mientras que otros autores lo denominan Estado de Derecho, expresión inspirada en la análoga de los juristas alemanes (Rechtsstaat), para indicar que todas las relaciones entre gobernantes y gobernados  eran reguladas por normas jurí­dicas precisas. Aspectos referentes a este tema se sintetizan en la obra de Pancho Flores, afectuosamente llamado así­ en el mundillo académico y jurí­dico.

 Se subraya el concepto de Constitución, explicando las diferentes acepciones que tratadistas  de la materia han señalado de la misma, y diversas clasificaciones que de la ley fundamental se han conformado por la doctrina, para arribar al análisis de la historia constitucional guatemalteca.

 Especial relevancia cobra la segunda parte de la obra -advierte la abogada Ordóñez Reyna-, en la cual se desarrolla la justicia constitucional en forma teórica y después en manera práctica, y que en su fórmula concentrada lo ejerce la Corte de Constitucionalidad, que actúa como máximo guardián de la Constitución. Es claro el impacto que dentro del ordenamiento jurí­dico ha adquirido este tipo de control, en vista de que abarca desde la inaplicación que un juez puede realizar de una norma a un caso concreto, hasta la expulsión de la totalidad de un texto normativo, que puede ser decretada con efectos erga omnes por el Tribunal Constitucional, por contravenir la ley suprema.

El voluminoso libro del profesor Flores deberí­a ser obra de consulta para los estudiosos del tema interesados en profundizar en aspectos de la jurisdicción constitucional.

En un espacio mediático como éste es imposible pretender reseñar toda la obra, toda vez que además de exponer la doctrina, incluye casos concretos de suma relevancia; pero podrí­a hacer el intento de continuar en futura entrega

 (El gí¼izache Romualdo Tishudo y su esposa, abogada capaz e inteligente, después de una acalorada discusión viajan en la camioneta familiar por un camino rural, y al observar a un par de cerdos, el marido pregunta  sarcásticamente: –¿Familiares tuyos? -La cónyuge replica con ironí­a: -¡Sí­; mis suegros!).