Juristas a favor de transparentar la elección de magistrados a la CCJ


Doctor Bonerjes Mejia.

Por la Redacción

El 13 de diciembre del año pasado, el Congreso de la República aprobó a través del Decreto 78-2007 el Estatuto de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ), por lo que de acuerdo a lo establecido por dicha ley que fue publicada en el Diario Oficial el 28 de ese mismo mes y año, le corresponde a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) elegir a los dos representantes titulares e igual número de suplentes de una lista de ocho profesionales del derecho que la Comisión de Postulación debe nominar.


Doctor Estuardo Gálvez.Doctor Mario Fuentes Destarac.

Sin embargo, la CSJ no está de acuerdo con ese procedimiento e impugnó dicho decreto, aduciendo que atenta contra su independencia. La decisión de impugnar la norma no fue unánime, toda vez que los magistrados Edgar Pacay, Augusto Eleazar López y Luis Fernández razonaron su voto de manera contraria. Fernández, en declaraciones a un rotativo afirma que la Comisión de Postulación constituye un filtro para transparentar ese proceso a fin que los magistrados que deben representar al Estado de Guatemala ante este foro regional no sean electos a dedo.

Qué dice el Decreto 78-2007

La Comisión de Postulación deberá ser conformada por un representante de los Rectores de las Universidades del paí­s, quien la preside, los Decanos de las Facultades de Derecho o Ciencias Jurí­dicas y Sociales de cada Universidad del paí­s, un número equivalente de representantes electos por la Asamblea General del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y por igual número de representantes electos por los magistrados titulares de la Corte de Apelaciones.

Una vez finalizada la labor de la Comisión de Postulación, ésta deberá entregar al Pleno del Congreso de la República la nómina de los ocho candidatos a ocupar los cargos de magistrados propietarios y suplentes de la CCJ. El Congreso por conducto de la Secretarí­a remitirá la nómina de propuestos a la Presidencia de la CSJ para que dicho organismo dentro del término de 30 dí­as proceda a la elección con el voto favorable de las dos terceras partes del total de sus miembros.

Una vez electos, la CSJ notificará al Congreso los nombres de los profesionales para su posterior juramentación y para su participación activa en la CCJ, el Ministerio de Finanzas Públicas tendrá que situar los recursos pertinentes, entre estos los US$10 mil dólares que mensualmente devengarán los magistrados titulares.

El periodo de los Magistrados Titulares y Suplentes es de diez años y se contará a partir de la fecha de su toma de posesión. Durante este lapso no podrán desempeñar otras actividades profesionales, remuneradas o no, excepto las de carácter docente, debiendo abstenerse de realizar cualquier actuación incompatible con el carácter y dignidad de sus cargos.

Para abrir a discusión esta batalla legal que inicia la CSJ, impugnando el Decreto 78-2007 del Congreso de la República, La Hora Polí­tica consultó a varios juristas del foro guatemalteco entre ellos, quienes de acuerdo al decreto serí­an miembros de la Comisión de Postulación.

En tal caso, se conoció que el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, el Instituto de Magistrados de las Cortes de Apelaciones y los rectores de las Universidades del paí­s, ya realizaron la selección de los profesionales que integrarí­an la Comisión al ser convocada por el Parlamento.

Mientras esté vigente la ley, seguiremos trabajando

El Rector Magní­fico de la Universidad de San Carlos de Guatemala, doctor Estuardo Gálvez al anunciar que ha sido designado por los rectores de las Universidades privadas del paí­s, para que presida la Comisión, al ser cauteloso sobre la acción planteada ante la Corte de Constitucionalidad dice «yo no quisiera emitir mayores comentarios, estaremos a la espera de lo que el Alto í“rgano Constitucional resuelva, pues es quien debe determinar que es lo que procede. Mientras esté vigente el decreto 78-2007 lo que tendremos que hacer es seguir trabajando, lo que serí­a más correcto es apegarse a lo que dice la ley».

La Comisión de Postulación transparenta el proceso

Por su parte, el Decano de la Facultad de Ciencias Jurí­dicas y Sociales de la Universidad de San Carlos de Guatemala, Bonerjes Mejí­a al calificar de positiva la integración de una Comisión en la búsqueda de la transparencia asegura que la impugnación presentada por los Magistrados del Organismo Judicial ya no tiene materia «los argumentos que han esgrimido y el hecho de que se realizó la elección de los integrantes, la acción devendrí­a nula, sin materia, no tendrí­a sentido, desde luego que será la CC quien determinará que es lo que corresponde. Pero en mi modesta opinión la acción planteada viene nula porque ya fue celebrada la elección».

Es correcto, saludable transparentar el proceso

El presidente del Colegio de Abogados de Guatemala, Arturo Sierra, al confirmar que ya hicieron la elección de sus 9 representantes en la Instancia indica «consideramos que la convocatoria que debe hacer el Congreso de la República es correcta, saludable y transparente para que una Comisión haga una depuración inicial de los profesionales que podrí­an resultar electos».

Estima que la decisión establecida en el decreto 78-2007 en cuanto a que el Congreso de la República deba convocar a la integración de una Comisión de Postulación no lesiona el principio de independencia judicial, como lo argumentan los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia en su impugnación.

Apoya la Comisión de Postulación

«En mi opinión las Comisiones por lo menos restringen de alguna manera al hacer una selección preliminar de los candidatos, de suerte que en mi opinión estas instancias son positivas por lo que deberí­an mantenerse. Las elecciones se hacen mucho más transparentes, insisto en que deben mantenerse, el objetivo de esta Comisión es de designar a ocho dentro de los cuales la Corte debe elegir a dos», considera Mario Fuentes Destarac, presidente del Centro para la Defensa de la Constitución de Guatemala.

Los entrevistados consideran en tal caso, que la Corte de Constitucionalidad deberá ser quien determine quién tiene la razón, ¿si el Organismo Legislativo o el Organismo Judicial?, por lo que, coinciden en que en tanto no se dé una resolución la labor de integración de la Comisión de Postulación debe continuar, pues de esta manera se hacen más transparentes los procesos de elección.