El juez Décimo, a cargo del Caso Bancafe, denunció ante el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sufrir interferencia en el ejercicio de la función jurisdiccional aduciendo una conducta impropia de la abogada Claudia Esther Barrientos Rendón, dentro del proceso arriba identificado.
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Por medio del Oficio Ref. 01070-2009-00940, con fecha del 20 de febrero de 2012, remitido al despacho de la presidenta del Organismo Judicial y Corte Suprema de Justicia, Thelma Aldana, el juez Walter Villatoro solicita que se tomen las medidas adecuadas por la interferencia en el ejercicio de la función jurisdiccional del que se siente víctima.
Según se remite en dicho oficio en base al artículo 10 del Código Procesal Penal, el 20 de febrero de 2012, dicha judicatura tenía programada audiencia dentro del proceso 01070-2009-00940 (Caso Bancafe) y la misma se suspendió por haber presentado la defensa técnica de los señores Manuel Eduardo González Castillo, Jorge Alfredo González Castillo, Ariel Estuardo Camargo Fernández, un memorial de recusación dentro del presente proceso.
Villatoro, quien adjuntó un audio al que no tuvimos acceso y amparado en el citado artículo, argumentó que la acción de particulares no debe limitar el ejercicio de la función jurisdiccional, por lo que al estimar interferencia en el ejercicio de la misma, puso en conocimiento de la Honorable Corte Suprema de Justicia, “la conducta impropia de la abogada Claudia Esther Barrientos Rendón, únicamente en el expediente que se tramita en esta judicatura, para que se tomen las medidas adecuadas”, se lee en el documento.
La misma solicitud hizo Ángel Castro, querellante adhesivo de la causa, al considerar que Claudia Barrientos, tiene impedimento ético y moral para prestar dicha asesoría técnica en virtud de que es hija del magistrado César Barrientos, presidente de la Cámara Penal de la CSJ.
Por los razonamientos expresados, Castro ha solicitado al pleno de Magistrados para que el magistrado Barrientos se inhiba totalmente de conocer cualquier memorial, solicitud, amparo o casación presentado por dicha abogada, tanto en su calidad de Magistrado como de Presidente de la Cámara Penal de la CSJ. (Lea: Mi actuación es de respeto irrestricto a la independencia judicial y no avalo ni permito que con mi nombre se litigue en tribunales).
TRIBUNAL DE HONOR
Por la relación familiar de dicha profesional con el magistrado Barrientos Pellecer, Castro solicitó al Colegio de Abogados y Notarios para que Claudia Barrientos sea citada ante el Honorable Tribunal de Honor.
Según Castro, considera que la defensora ejerce presión psicológica sobre oficiales y notificadores del Juzgado Décimo Penal, relacionado con la causa de la estafa del Bancafe International Bank, especialmente por tratarse de un caso de gran impacto social que afectó a 3,336 inversionistas, estafa que asciende a tres mil millones de quetzales.
“Mi actuación es de respeto irrestricto a la independencia judicial y no avalo ni permito que con mi nombre se litigue en tribunales”.
En declaraciones a Diario La Hora, César Barrientos, Presidente de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, dijo lo siguiente:
“Desconozco los fundamentos de la denuncia presentada por el juez Walter Villatoro. Como Magistrado de Cámara Penal conozco exclusivamente los casos de competencia del tribunal de casación.
Sé, y por eso me he excusado de conocer en casación de casos en los que mi hija Claudia Esther Barrientos Rendón asesora a personas procesadas en el Caso de Bancafe, para evitar que se considere que el parentesco pueda influir en mi imparcialidad judicial.
No obstante, lo más relevante en relación con esta denuncia es que se revise y examine las sentencias de Cámara Penal en donde la abogada Barrientos Rendón ha participado como casacionista, lo que demostraría que no existe trato privilegiado o tráfico de influencias en el único espacio jurisdiccional en que podría prestarse para ello. Mi actuación es de respeto irrestricto a la independencia judicial y no avalo ni permito que con mi nombre se litigue en tribunales. En cumplimiento de este principio no hablo nunca con jueces y magistrados sobre los procesos que tramitan.
La abogada Barrientos Rendón, en efecto es mi hija, es profesional del derecho, no depende económicamente de mí, y yo no tengo autorización constitucional para impedir que ejerza su profesión y defienda a quienes soliciten sus servicios técnico jurídicos, sin que eso signifique por sí mismo que realice tráfico de influencias o que yo lo autorice”, concluyó.