Actualmente el Organismo Judicial (OJ) sólo cuenta con cinco juzgados de paz, en toda la República, conformados por jueces indígenas.
lahora@lahora.com.gt
El artículo 552 bis del Código Procesal Penal indica que en cinco municipios de la República donde no hubiere juzgados de paz la Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombrará como jueces de paz en materia penal a tres personas de honorabilidad y arraigo «que puedan comunicarse en la lengua predominante de la región y en español».
El citado artículo también refiere que los juzgadores comunitarios tendrán competencia para aplicar criterios de oportunidad, celebrar audiencias de conciliación y aprobar acuerdos entre las partes en los casos de delitos de acción privada y pública, recibir la primera declaración del imputado, dictar medidas de coerción y hasta ordenar el levantamiento de un cadáver si no hubiese delegación del Ministerio Público en la región.
Guillermo Melgar, vocero del Organismo Judicial, subrayó los resultados que las judicaturas comunitarias han tenido en las regiones donde funcionan, indicando que en esos municipios «no ha habido linchamientos desde su creación».
Melgar añade que los Juzgados Comunitarios son coordinados por tres jueces indígenas, quienes aplican sanciones relacionadas con el servicio social a la comunidad, entre otros aspectos establecidos dentro del derecho consuetudinario de los pueblos mayas. «Estos juzgados buscan en todo momento la conciliación y el resarcimiento comunitarios», enfatizó Melgar.
Sin embargo, ¿son suficientes cinco juzgados de paz Comunitarios en un país con una mayoría de población indígena?
Punto de vista
Juana Batzibal, coordinadora del área de pueblos indígenas del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) opinó que el OJ, igual que todas las instituciones del Estado, «no han logrado desarrollar el acuerdo de identidad establecido en los Acuerdos de Paz», indicó.
La entrevistada citó como ejemplo que «sólo uno de los trece magistrados que conforman la CSJ es indígena», y añadió que con esa representatividad «es muy difícil tomar decisiones».
Batzibal insistió en la importancia de la aprobación de un sistema jurídico propio de los pueblos mayas, ya que, «aunque existan personas preparadas académicamente en el tema del derecho consuetudinario no hay una relación directa con la práctica y las necesidades del pueblo», enfatizó.
Para la experta en el tema, uno de los puntos principales de ese tema es la integración de jueces que puedan orientar la aplicación de la justicia hacia las necesidades de la población indígena en el país, ya que la escasez de estos, vulnera las formas de organización jurídica y política de la sociedad.
«La mayoría de indígenas son juzgados en idiomas ajenos a los propios (…), en un juicio no entienden al acusado ni éste a quien le acusa, y generalmente se ve obligado a aprender a hablar el español cuando debería ser en doble vía», ejemplificó la entrevistada.
Acuerdo sin cumplir
Silvia García, Coordinadora de Investigación y Monitoreo de los Acuerdos de Paz, de la Secretaría de la Paz, considera que el Acuerdo de Identidad establecido en los Acuerdos de Paz, «tiene muchas más dificultades para su cumplimiento porque atraviesa a todas las estructuras del Estado», opinó.
García indicó que el Sistema de Justicia no es la excepción en ese tema y citó como ejemplo que la existencia de intérpretes para maya hablantes es insuficiente dentro del OJ.
La entrevistada hizo énfasis en que en ese tema se necesitan «cambios estructurales del Estado y la sociedad en general», los cuales erradiquen el racismo, la discriminación y, además, reconozcan los derechos de los pueblos indígenas.
La funcionaria también se refirió a la falta de cobertura que el OJ tiene actualmente para la aplicación de la justicia a nivel nacional y agregó que los compromisos adquiridos en los Acuerdos de Paz, relacionados con los pueblos indígenas, «no tienen un seguimiento estricto», criticó.
«Eso provoca que no se puedan atender las necesidades directas de los pueblos indígenas y que no se incorpore la pertenencia cultural en todo el sistema de justicia para facilitar el acceso a la misma para toda la población», finalizó.
Juana Batzibal,
Pueblos indígenas de CALDH.
Silvia García
Coordinadora de Investigación y Monitoreo de los Acuerdos de Paz.
Actualmente sólo existen cinco Juzgados de Paz Comunitarios que funcionan en:
San Rafael Pezal, Huehuetenango
San Luis, Petén
San Miguel Ixtahuacán, San Marcos
Santa María, Chiquimula
San Andrés Semetabaj, Sololá.
Según el vocero del Organismo Judicial, los juzgados comunitarios han obtenido buenos resultados y citó, como ejemplo, que en esas regiones no se han reportado linchamientos.