Jueces indí­genas son escasos


En la Torre de Tribunales, se concentra buena parte del poder judicial del paí­s.

Actualmente el Organismo Judicial (OJ) sólo cuenta con cinco juzgados de paz, en toda la República, conformados por jueces indí­genas.

Gerson Ortiz
lahora@lahora.com.gt

El artí­culo 552 bis del Código Procesal Penal indica que en cinco municipios de la República donde no hubiere juzgados de paz la Corte Suprema de Justicia (CSJ) nombrará como jueces de paz en materia penal a tres personas de honorabilidad y arraigo «que puedan comunicarse en la lengua predominante de la región y en español».

El citado artí­culo también refiere que los juzgadores comunitarios tendrán competencia para aplicar criterios de oportunidad, celebrar audiencias de conciliación y aprobar acuerdos entre las partes en los casos de delitos de acción privada y pública, recibir la primera declaración del imputado, dictar medidas de coerción y hasta ordenar el levantamiento de un cadáver si no hubiese delegación del Ministerio Público en la región.

Guillermo Melgar, vocero del Organismo Judicial, subrayó los resultados que las judicaturas comunitarias han tenido en las regiones donde funcionan, indicando que en esos municipios «no ha habido linchamientos desde su creación».

Melgar añade que los Juzgados Comunitarios son coordinados por tres jueces indí­genas, quienes aplican sanciones relacionadas con el servicio social a la comunidad, entre otros aspectos establecidos dentro del derecho consuetudinario de los pueblos mayas. «Estos juzgados buscan en todo momento la conciliación y el resarcimiento comunitarios», enfatizó Melgar.

Sin embargo, ¿son suficientes cinco juzgados de paz Comunitarios en un paí­s con una mayorí­a de población indí­gena?

Punto de vista

Juana Batzibal, coordinadora del área de pueblos indí­genas del Centro para la Acción Legal en Derechos Humanos (CALDH) opinó que el OJ, igual que todas las instituciones del Estado, «no han logrado desarrollar el acuerdo de identidad establecido en los Acuerdos de Paz», indicó.

La entrevistada citó como ejemplo que «sólo uno de los trece magistrados que conforman la CSJ es indí­gena», y añadió que con esa representatividad «es muy difí­cil tomar decisiones».

Batzibal insistió en la importancia de la aprobación de un sistema jurí­dico propio de los pueblos mayas, ya que, «aunque existan personas preparadas académicamente en el tema del derecho consuetudinario no hay una relación directa con la práctica y las necesidades del pueblo», enfatizó.

Para la experta en el tema, uno de los puntos principales de ese tema es la integración de jueces que puedan orientar la aplicación de la justicia hacia las necesidades de la población indí­gena en el paí­s, ya que la escasez de estos, vulnera las formas de organización jurí­dica y polí­tica de la sociedad.

«La mayorí­a de indí­genas son juzgados en idiomas ajenos a los propios (…), en un juicio no entienden al acusado ni éste a quien le acusa, y generalmente se ve obligado a aprender a hablar el español cuando deberí­a ser en doble ví­a», ejemplificó la entrevistada.

Acuerdo sin cumplir

Silvia Garcí­a, Coordinadora de Investigación y Monitoreo de los Acuerdos de Paz, de la Secretarí­a de la Paz, considera que el Acuerdo de Identidad establecido en los Acuerdos de Paz, «tiene muchas más dificultades para su cumplimiento porque atraviesa a todas las estructuras del Estado», opinó.

Garcí­a indicó que el Sistema de Justicia no es la excepción en ese tema y citó como ejemplo que la existencia de intérpretes para maya hablantes es insuficiente dentro del OJ.

La entrevistada hizo énfasis en que en ese tema se necesitan «cambios estructurales del Estado y la sociedad en general», los cuales erradiquen el racismo, la discriminación y, además, reconozcan los derechos de los pueblos indí­genas.

La funcionaria también se refirió a la falta de cobertura que el OJ tiene actualmente para la aplicación de la justicia a nivel nacional y agregó que los compromisos adquiridos en los Acuerdos de Paz, relacionados con los pueblos indí­genas, «no tienen un seguimiento estricto», criticó.

«Eso provoca que no se puedan atender las necesidades directas de los pueblos indí­genas y que no se incorpore la pertenencia cultural en todo el sistema de justicia para facilitar el acceso a la misma para toda la población», finalizó.

«Aunque existan personas preparadas académicamente en el tema del derecho consuetudinario no hay una relación directa con la práctica y las necesidades del pueblo»

Juana Batzibal,

Pueblos indí­genas de CALDH.

«El acuerdo de identidad contemplado en los Acuerdos de Paz tiene muchas más dificultades para su cumplimiento porque atraviesa a todas las estructuras del Estado»

Silvia Garcí­a

Coordinadora de Investigación y Monitoreo de los Acuerdos de Paz.

UBICACIí“N


Actualmente sólo existen cinco Juzgados de Paz Comunitarios que funcionan en:

San Rafael Pezal, Huehuetenango

San Luis, Petén

San Miguel Ixtahuacán, San Marcos

Santa Marí­a, Chiquimula

San Andrés Semetabaj, Sololá.

Según el vocero del Organismo Judicial, los juzgados comunitarios han obtenido buenos resultados y citó, como ejemplo, que en esas regiones no se han reportado linchamientos.