¿Y entonces? ¿Para qué sirve la PDH?


Eugenio_Fernandez

La semana pasada escribí una columna titulada ¿Qué está pasando Sr. Procurador? Dirigida al Procurador de los Derechos Humanos en relación a una denuncia ante él presentada. Al día siguiente se notificó la resolución de la PDH.

Eugenio R. Fernández
picandopiedragt@gmail.com


Al principio se recibió con mucha alegría. Después de leerla, de arriba a abajo, me dije: ¿Y entonces?  El ente regulador de la Ley de Acceso a la Información es la PDH. La violación al  derecho humano es clara y ¿Qué resuelve la PDH?: “Resuelve 1) REMITIR: Copia certificada de lo actuado al Ministerio Público para la investigación correspondiente, en virtud de que existen elementos suficientes que evidencian la posible comisión de los delitos contenidos en la Ley de Acceso a la Información Pública.  2) Dar seguimiento a la presente resolución. 3) Notifíquese y en su oportunidad archívese”.

En la denuncia presentada a la PDH se manifestó que la SAT “claramente violentó mi derecho humano al Libre Acceso a la Información Pública”. ¿Qué hace la PDH? En otras palabras dice, fíjese don Eugenio que sí hay indicios que le violaron su derecho humano de acceso a la información, pero mejor que se lo vea el MP. ¿Y entonces? ¿Para qué sirve la PDH?

Según la web de la PDH indica que “El Procurador de los Derechos Humanos y sus adjuntos tienen competencia para intervenir en casos de reclamo o queja sobre violaciones de Derechos Humanos. Tiene como funciones proteger los derechos individuales” ¿De qué forma ha protegido los derechos humanos el Procurador en este caso?

Continúa la página Web “El Procurador y sus adjuntos pueden prevenir y solicitar a quien corresponda la suspensión y hasta la destitución de los servidores públicos o funcionarios que con su actuación material, decisión, acuerdos, resolución o providencias menoscabe, deniegue, obstaculice o de cualquier forma lesione el disfrute o ejercicio de los derechos, libertades o garantías… sin prejuicio de iniciar las acciones legales pertinentes.” Agrega: “el Procurador puede iniciar proceso en contra de cualquier funcionario, empleado público, instituciones públicas o que violenten o atenten contra los derechos humanos.”

Con esta resolución la Procuraduría de los Derechos Humanos renuncia a su responsabilidad de defender derechos humanos de acceso a la información y endosa el tema a otra institución. ¡Qué burla!

¿Estará enterado el procurador Jorge Eduardo De León Duque de lo que está pasando en su institución? No necesito a la PDH para presentar una denuncia en el MP. Necesito que el PDH defienda mis derechos humanos, condene moralmente a la SAT y cualquier funcionario involucrado directa o indirectamente en la violación de dichos derechos. Adicionalmente debería acompañarme en este proceso, ya que estoy peleando contra un monstruo.

Sé que el caso que llevo en contra de la SAT tiene tentáculos en todas las instituciones. Bien es sabido que exfuncionarios de la SAT ahora trabajan precisamente en la sección de acceso a la información de la PDH. Para mí es obvio la manipulación que estos funcionarios han realizado en este caso para que no condenar a sus excompañeros y su exinstitución. Nunca se sabe cuándo los podrán necesitar de nuevo.