“Tu verdad aumentará en la medida que sepas escuchar la verdad de los otros.” Martin Luther King
“La juzgadora dijo que la escena del crimen fue contaminada, ya que personas, entre ellas la premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú, recogieron casquillos que habrían sido disparados por los militares. El MP no resguardó la escena del crimen, y cuatro días después recibió un acta en la cual los pobladores les entregaron casquillos que habrían sido usados para matar a los seis campesinos y dejar heridas a otras 16 personas”.(P. L., pág. 4, 15 febrero 2013).
Esta es una parte de los argumentos de la jueza Patricia Flores Polanco, a cargo del tribunal Primero A de Mayor Riesgo. Queda bien definido que el Ministerio Público no pudo probar que hubo ejecución extrajudicial, el 4 de octubre de 2012, en la cumbre de Alaska.
La jueza deja claro que su sentido de protagonismo, al presentarse al lugar de los hechos y supuestamente recoger evidencias, contaminó la escena. Ese protagonismo suyo, ya tan conocido por los guatemaltecos, arruinó su propia denuncia, por lo que la jueza envía a los acusados a juicio por delitos que seguramente usted no aceptará y en breve la veremos protestando, buscando la oportunidad para salir en los medios. Su acción, incluyendo su pose para las fotos en la escena, se vuelve en su contra, porque los soldados y su oficial no serán juzgados y sentenciados por ejecución extrajudicial, sino por defender sus vidas.
¿Y ahora, señora Menchú?, extrañamente seleccionada y galardonada para el Premio Nobel de la Paz, por la historia en un libro que dicen que nunca escribió, deberá explicar por qué intentó incendiar más la pradera, con su actitud al “actuar como técnico forense recogiendo evidencias y contaminando la escena.
Qué pensarán los delegados de los 48 cantones en Totonicapán, al conocer que usted es parte del desmantelamiento de la acusación del Ministerio Público. “El informe balístico determinó que las balas utilizadas y que habrían impactado en los seis cadáveres (sic) no correspondían a los fusiles que ellos tenían asignados. La juzgadora explicó que le dio valor probatorio a la declaración de dos funcionarios de la Comisión Presidencial de Derechos Humanos, quienes estuvieron en el lugar de los hechos. Ambos testimonios coinciden en que la población fue la que provocó a los soldados que iban en apoyo de la Policía Nacional Civil y al acercarse estos a los manifestantes la turba se dirigió hacia los soldados por lo que ellos habrían actuado en defensa propia.” (P. L., pág. 4, 15 de febrero 2013). Nadie puede ser condenado por proteger su vida.