La semana pasada se supo que los padres de Roberto Barreda de León no sólo pidieron que se levantara el embargo que pesa sobre sus cuentas, sino que además fueron beneficiados por una resolución judicial que les mantiene desligados del proceso que se sigue por la desaparición de su nuera, Cristina Siekavizza de Barreda. Constitucionalmente ninguna persona está obligada a declarar contra parientes suyos y en ese sentido en el proceso no se les puede exigir que digan lo que saben sobre el hecho sujeto a investigación, lo cual sin duda beneficia a los esposos Barreda de León porque pueden invocar ese privilegio constitucional en el momento en que se les pudiera pedir una declaración.
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Sin embargo, el señor Roberto Barreda de León desapareció misteriosamente junto a sus dos hijos y nadie da cuenta de su paradero; la desaparición se produjo cuando las líneas de los investigadores empezaron a apuntar a un posible caso de violencia intrafamiliar y es obvio que él recibió ayuda para esfumarse. La pregunta del millón, obviamente, es quién le ayudó y le está ayudando para mantenerse oculto junto a dos pequeños niños. Días antes de que se diera la desaparición planteó acción judicial para ordenar precautoriamente el alejamiento de sus suegros, los otros abuelos de los dos niñitos desaparecidos y él dijo que esa acción había sido impulsada por consejo de su madre, la abogada Beatriz Ofelia de León de Barreda, expresidenta de la Corte Suprema de Justicia.
En el limbo de las investigaciones quedó también la denuncia que hizo la jueza que entonces tenía a su cargo el caso, sobre una intromisión realizada por un funcionario del Organismo Judicial que llegó a tratar de conseguir el audio de la declaración de la empleada de la casa Barreda Siekavizza.
Los parientes no tienen obligación de declarar y eso nadie lo discute, pero el parentesco no puede servir de escudo para encubrir la posible comisión de un delito y en todo este caso hay demasiados hechos que apuntan a que ha habido una consistente y decidida participación para facilitar la fuga de un sospechoso. Con el agravante de que si tales sospechas fueran fundadas, no se puede descartar para nada nuevos daños emocionales y hasta físicos en contra de los dos pequeños que son las principales víctimas en todo este caso que llama la atención de la opinión pública porque pareciera ser el resumen de las deficiencias de nuestro sistema de justicia, tan plagado de tráfico de influencias que se salen con su gusto.
La presunción de inocencia es piedra angular del sistema de justicia y tenemos que asumirla así. No obstante, las investigaciones tienen que ser mucho más profundas cuando hay riesgo de daños colaterales, como los que podría causarse a la vida misma de los dos niños desaparecidos, no digamos a su estabilidad emocional por demás ya afectada y comprometida, se tiene que acelerar el esfuerzo. No se trata de la simple fuga de un sospechoso, hecho al que ya deberíamos estar acostumbrados, sino que estamos frente a una situación delicada por el paradero de los pequeños de los que no se sabe absolutamente nada y por ello es que son urgentes acciones que pongan fin a posible encubrimiento que parientes puedan estar realizando para proteger el secreto sobre el paradero. Una cosa es no declarar contra el pariente, por terrible que pueda ser el crimen cometido, puesto que ello está consagrado constitucionalmente y se tiene que respetar. Pero es distinto si hay acciones realizadas para facilitar una fuga o si existen esfuerzos para obstruir la justicia porque en esos casos ya no estamos hablando de ejercitar un derecho constitucional, sino de la simple y llana comisión de otro delito.