El Diario La Hora con fecha 04 de marzo de 2014 en su página 4 desplegó como titular principal: “CGCN: Solo 25 aspirantes al TSE cuentan con el finiquito”(sic), dice en su entrada “Esta mañana la bancada Encuentro por Guatemala (EG) citó a la Contralora General de Cuentas (CGCN), Nora Segura, quien dio a conocer que 25 candidatos a magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) han obtenido el finiquito, otros 14 aspirantes aún tramitan el documento y sólo uno se encuentra pendiente de trámite.”
En una nota inserta en color lila dice como subtítulo “ELECCIÓN” y el texto indica: “En el tema de la elección arreglado con los partidos políticos, la diputada de Encuentro por Guatemala (EG), Nineth Montenegro, dijo no tener conocimiento de quiénes podrían integrar las diez plazas a aspirantes a magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE).”
En esta entrega de La Hora, es presumible que la diputada Nineth Montenegro tiene la intención de destacar “finiquitos” en el propósito de elección de magistrados al TSE, escondiendo el garrafal error que cometen ella y Nora Segura, la citada Contralora General de Cuentas, quien ha demostrado su incapacidad para realizar adecuadamente su trabajo en ese puesto.
Hay guatemaltecos que se preguntan cómo se les ocurre a estas dos señoras exigir “finiquito” a TODOS los abogados aspirantes a esas honorables magistraturas. El sesgo en la interpretación de la ley en este caso, no deja más que interpretar correctamente la obvia intención de complicar y engañar a la ciudadanía con respecto al mandato de la Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios Públicos.
Si el distinguido lector fuera un abogado aspirante a ser un merecedor magistrado del TSE, en ningún momento sería objeto de entregar un finiquito a la Contraloría General de Cuentas de la Nación, en caso nunca hubiera trabajado con el Estado. Si hubiese trabajado con el Estado en un puesto en el que no hubiera administrado bienes, tampoco sería necesario el finiquito de algo que jamás administró. La ley citada con anterioridad es específica en lo que manda en su Artículo 16, inciso b, que no podrá optar a cargos o empleos públicos aquel que: “habiendo recaudado, custodiado o administrado bienes del Estado, no tenga su constancia de solvencia o finiquito extendido por la Contraloría General de Cuentas”.
Es sumamente difícil discernir cómo estas dos esforzadas señoras al servicio de la ciudadanía y del Estado han podido, de una manera impune, desacreditar a muchos profesionales del Derecho que aspiran, con honradez, llegar a una magistratura para limpiar un poco la podredumbre conocida vox pópuli. La desacreditación tiene fondos obscuros, per se.
Mientras tanto, el Diario La Hora, en la misma edición en página 6 destaca que, LA HONORABILIDAD, es mucho más que un requisito. La Constitución Política de la República de Guatemala establece la “reconocida honorabilidad” como requisito para ser magistrado o juez, dice La Hora. Para determinar esto último, La Hora cita al abogado Alfonso Carrillo, quien a partir de un análisis dice, dentro de otros:
Acreditaciones: la presentación de documentos o certificaciones; criterios sociales: la buena conducta profesional, la estima gremial, el reconocimiento del foro público, el decoro profesional, entre otros, respetando siempre el principio de presunción de inocencia.
Los finiquitos son importantes para quienes manejaron fondos estatales, pero para la mayoría no. ¿Detrás de qué intereses andarán Nineth Montenegro y Nora Segura? ¿Por qué el aspaviento por finiquitos?
Esperemos que sean electos abogados idóneos para el TSE y… mejor si tienen experiencia honorable comprobada en el campo electoral. ¡A Guatemala le urge!