Una investigación del Ministerio Público (MP) y de la Fuerza de Tarea contra Extorsiones del Ministerio de Gobernación (Mingob), determinó que el reo salvadoreño, Ismael Ernesto Alvarado Flores, generó más de 2 mil llamadas de extorsión desde la cárcel de Pavoncito, donde guarda prisión por asesinato y extorsión.
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Las autoridades analizan si en este caso es posible aplicar la nueva Ley de Equipos Terminales Móviles, Decreto 8-2013, a través del Artículo 26.
Según el Sistema Penitenciario (SP), Alvarado Flores, de 30 años, ingresó a Pavoncito el 26 de octubre de 2008, para cumplir una sentencia por extorsión y asesinato, emitida por el Juzgado Primero de Ejecución Penal.
Esta persona habría extorsionado durante un año a varios guatemaltecos a través de las guías telefónicas. Las autoridades dicen que se documentaron 30 denuncias de sus víctimas, a quienes les cobró fuertes sumas de dinero.
Esta mañana se realizó una requisa en el Sector 16 de Pavoncito, donde se buscaban los teléfonos y chips que fueron utilizados para cometer este hecho ilícito.
Investigadores de la Unidad Nacional contra el Desarrollo Criminal de las Pandillas (Panda), capturaron en allanamientos en Villa Nueva, a Walter Jefferson Chacón Flores, de 22 años; y a Damaris Fabiola Arrué Vásquez, de 27, hermanastro y pareja del reo respectivamente, quienes supuestamente eran parte de la estructura en el área operativa. Estas personas son sindicadas por los delitos de extorsión y lavado de dinero.
Las autoridades dijeron que a través de los métodos especiales de investigación y del despliegue de llamadas se identificó que el privado de libertad efectúo más de dos mil llamadas mensuales para extorsionar a las víctimas. Los números de celulares identificados serán puestos a disposición del juzgado correspondiente para que impute nuevos delitos al sindicado.
ANALIZAN APLICAR NORMATIVA
El pasado martes se publicó en el Diario Oficial, la nueva Ley de Equipos Terminales Móviles, Decreto 8-2013, la cual busca sancionar el robo de celulares y la utilización de los mismos en los centros carcelarios.
El MP y la Cartera del Interior, analizan si en este caso es posible aplicar la normativa, pues el artículo 26, sobre el uso de equipos terminales móviles en centros de privación de libertad, indica que los privados de libertad que cometan este ilícito pueden ser sancionados con una pena de presión de 6 a 10 años, aunque esto dependerá del momento en que se realizaron las últimas llamadas, en vista de la irretroactividad de la Ley.
Literalmente indica, “Quien se encuentre recluido o interno en centros de privación de libertad, centros penitenciarios, ya sean éstos preventivos, de cumplimiento de condena o de cumplimiento de sanciones, y porten o hagan uso en forma ilegal un equipo terminal móvil y/o cualquier equipo electrónico que sirva para comunicaciones o sus componentes será sancionado con una pena de seis a diez años”.