Interpelación, quién gana, quién pierde


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El martes de esta semana, fuimos sorprendidos por el anuncio que hizo el ministro de Finanzas Públicas, Pavel Centeno, quien en medio de una interpelación que le dirigía el partido Libertad Democrática Renovada (LIDER), la cual se había extendido por más de un mes, renunció, bajo el argumento de que la interpelación le perjudicaba gravemente en su trabajo al frente del despacho ministerial e hizo del conocimiento de la Junta Directiva del Congreso la carta que contenía su renuncia, dirigida al Presidente de la República, la cual provocó que a juicio del Presidente del Congreso la interpelación se suspendiera al ya no tener la calidad de ministro de Estado el señor Centeno.

Juan Antonio Mazariegos G.


Al margen de la procedencia o no de la suspensión de la interpelación, sobre todo por el hecho de que la misma se suspendió por la carta de renuncia descrita que posteriormente no fue aceptada por el Presidente de la República, es importante traer a colación que el derecho de interpelación a los ministros de Estado, se encuentra consagrado en nuestra Constitución, proviene  y responde a un principio fundamental de control entre los distintos poderes del Estado, el cual puede llegar incluso a la destitución del ministro interpelado, en caso que éste sea  víctima de un voto de falta de confianza, avalado por la mayoría absoluta de diputados al Congreso de la República, en cuyo caso, el ministro que ya no goza de confianza, debe de presentar su dimisión. La misma Constitución determina que los ministros de Estado tienen obligación de presentarse al Congreso, no pueden salir del país una vez han sido emplazados a presentarse y no pueden excusarse de forma alguna. De igual manera se establece que cualquier diputado puede hacer las preguntas adicionales que estime pertinentes. Todas las anteriores características e imposiciones a los ministros de Estado dan poder al interpelante y obligan al interpelado y son sanas y necesarias, en el supuesto que efectivamente la interpelación tenga como objetivo la rendición de cuentas y preguntas que conlleven a mejorar la transparencia en la gestión ministerial y el efectivo control de la labor de los ministros. Sin embargo, sucede ahora y ha sucedido en anteriores legislaturas que el procedimiento de interpelación se utiliza de manera política para bloquear la agenda legislativa, presionar al ministro o Gobierno de turno o bien para forzar una determinada negociación que nada o poco tienen que ver con el efectivo control para el cual fue creada la figura de la interpelación. Estos actos, no representan o identifican únicamente a los actuales partidos de oposición, pues, sin ir muy lejos,  el Partido Patriota, en el anterior Gobierno, también sentó y entretuvo en múltiples ocasiones a los Ministros de aquel entonces bajo preguntas y argumentos similares y sin duda no con distintas intenciones. Pero, ¿quién gana y quién pierde con este juego político en el que han convertido a las interpelaciones? Sin duda el Pueblo o la gestión gubernamental no lo hacen, simplemente se sabe por todos que la interpelación no tendrá un fin u objetivo y de esta manera la clase política solo nos enseña cómo echar a perder un instrumento más que debería de ser bien aprovechado.