El Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI), de la Organización de Estados Americanos (OEA), en su Segundo Informe Hemisférico sobre la Implementación de dicha herramienta, destacó distintos avances legislativos y de abordaje del femicidio registrados en Guatemala.
Uno de los avances más importantes destacados por el MESECVI en el documento es que los contenidos de la Convención y otros tratados derechos humanos mundiales, prevalecen en el orden interno de Guatemala, es decir que la legislación nacional armoniza con los conceptos incluidos en los tratados internacionales.
El Comité de Expertas vio con satisfacción el esfuerzo realizado para armonizar la legislación e incorporar los elementos de la definición de violencia contra las mujeres de la Convención de Belem do Pará, especialmente como el pilar de las leyes integrales de violencia.
Hasta la fecha México, Venezuela, Guatemala, Colombia, Argentina y más recientemente, El Salvador, promulgaron leyes que tipifican la violencia contra las mujeres y el femicidio; todas hacen énfasis en el derecho humano de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, señala el documento.
La Ley sobre el Femicidio y otras formas de violencia contra las mujeres de Guatemala, contempla la sanción de los casos donde el agresor haya mantenido un vínculo de amistad, compañerismo o relación laboral, educativa o religiosa, con las víctimas.
En el continente americano, sólo en Guatemala se cuenta con una ley especial que aborda el femicidio como un delito y presenta las bases de una política pública para enfrentarlo, añade el informe elaborado por el Mecanismo de Seguimiento de la Convención.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, comúnmente conocida como Convención de Belém do Pará, estableció por primera vez el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia en 1995.
Ese acuerdo histórico, el primero en el mundo que aborda la violencia contra las mujeres, ha dado pauta para la adopción de leyes y políticas sobre la violencia contra las mujeres en los Estados Parte de la OEA, así como un marco político y estratégico para su implementación.
Pese a los avances, la violencia se utiliza de manera rutinaria para callar, oprimir, sujetar y matar a las mujeres; afecta la realización de sus derechos y es un obstáculo al desarrollo humano, a la democracia y a la paz en los países de la región, concluye el Segundo Informe del MESECVI sobre la Convención Belem do Pará.