Incomprensión sobre derechos humanos


El tema de Pavón ha traí­do nuevamente el debate sobre el concepto de los derechos humanos porque mucha gente considera que únicamente sirven para proteger delincuentes y que no se orientan a la protección de las personas que son ví­ctimas de los criminales. Se dice, además, que el Procurador de los Derechos Humanos es un funcionario que usa los medios de comunicación para hacer sus denuncias, sin entender que siendo un Magistrado de Conciencia, en el mundo entero las resoluciones que emiten sus colegas son precisamente condenas morales que tienen que ser públicas para surtir ese efecto.

Oscar Clemente Marroquí­n
ocmarroq@lahora.com.gt

Ciertamente la ola de violencia que nos afecta ha costado la vida a mucha gente y en ese sentido el trabajo de los activistas de derechos humanos, encabezados por el mismo Procurador de los Derechos Humanos, tiene que orientarse a señalar al Estado por incumplir con el mandato constitucional que le obliga a garantizar la vida de todos los habitantes de la República, tomando en cuenta el evidente descuido que han tenido en materia de seguridad y la indiferencia que muestran ante la ola de violencia. Pero cada hecho criminal que se comete no puede ser competencia del Procurador porque cae en el ámbito de funciones del Ministerio Público que tiene el monopolio de la acción penal.

La violación de derechos humanos, conceptualmente hablando, la comete el Estado, sea por acción o por omisión. No se reputan como tal los hechos criminales que tienen que ser perseguidos con arreglo a nuestras leyes ordinarias, En palabras sencillas, los particulares al delinquir cometen delitos punibles, no violación de derechos humanos de acuerdo al concepto sobre esa materia. Pero cuando autoridades no cumplen con su deber o se exceden en el uso de la fuerza, ya sea contra personas inocentes o aun contra delincuentes, caen en ese ámbito particular que reclama protección para evitar abusos.

Por supuesto que uno quisiera que el PDH estuviera en toda escena del crimen mostrando su solidaridad con las ví­ctimas. Se le critica por no estar donde matan a un piloto, por ejemplo, pero repito que respecto a ese tipo de crí­menes su función legal es la de señalar la indiferencia de las autoridades. Sus condenas van dirigidas a quienes en ejercicio de función pública, directamente o por delegación, violan derechos individuales. Si un policí­a privado comete un crimen, el PDH podrá condenar al Ministerio de Gobernación por no ejercer suficiente control sobre esas empresas, pero no puede emitir una condena contra el agente o contra la empresa particular, porque eso está fuera de su competencia.

Públicamente tiene que emitir sus resoluciones para que exista una condena moral que es lo que puede hacer como Magistrado de Conciencia. Claro que tiene facultad de certificar, además, lo pertinente al Ministerio Público para que se persiga el delito, pero la violación de derechos humanos la condena él mediante uso de medios públicos en los que señala el comportamiento del funcionario que hace o deja de hacer. Está el caso de los sindicalistas de Migración para los que se emitió una resolución que buscaba proteger su vida. Se la pasaron por el arco del triunfo y uno de ellos está muerto. Que haya sido, como dicen las autoridades, un mal sindicalista no justificarí­a el hecho de su asesinato.

Resulta que en el mundo civilizado todos, hasta los delincuentes, tenemos derechos y obligaciones. La limitación de derechos tiene que ser con apego a la ley y no por abusos ni porque algún funcionario decida que hay que aplicar justicia por propia mano. Eso, además de un crimen, es una violación de derechos humanos.