Tras un intento frustrado la audiencia de declaración por videoconferencia solicitada por la Fiscalía especial del MP para la CICIG que investiga el asesinato de Rodrigo Rosenberg, se realizó esta mañana en el Organismo Judicial.
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La jueza décima de Primera Instancia Penal recogió las declaraciones de tres de los implicados en la muerte del abogado Rosenberg, quienes entraron en la figura de colaboradores eficaces, establecida en la Ley contra la Delincuencia Organizada y de Fortalecimiento a la Persecución Penal.
Tanto el Ministerio Público (MP) como la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) esperan que la declaración de los colaboradores eficaces, contribuyan a fortalecer la investigación y a esclarecer el hecho.
Testimonios
Tres son los implicados en el caso Rosenberg, los cuales utilizando el recién aprobado método de declaración por medio de videoconferencias, darán detalles del crimen perpetrado el 10 de mayo último en la zona 14.
Debido a que el caso se encuentra bajo reserva desde el 26 de noviembre último, el hermetismo ha sido característico en este tipo de audiencias, sin embargo, extraoficialmente se sabe que los testimonios refieren datos de los autores materiales del crimen contra Rosenberg, quien antes de morir grabó un video en el que señalaba a funcionarios del gobierno de su muerte.
Ayer fue suspendida la declaración de un testigo protegido que supuestamente tuvo contacto con los autores materiales del crimen, posterior a la muerte del profesional del derecho; no obstante, la audiencia fue suspendida por incomparecencia de los abogados defensores.
En este caso, está por concluir el período de tres meses que la Ley otorga al MP para que recabe todos los medios de prueba contra los sindicados.
Colaboradores
El 4 de agosto último, el Congreso de la República aprobó la reforma a la Ley contra la Delincuencia Organizada propuesta por la CICIG sobre Colaboración Eficaz en el Proceso Penal, establecida en los decretos 17-2009 y 23-2009.
Con ello, la CICIG busca favorecer la investigación penal contra la delincuencia organizada mediante la figura de colaborador eficaz, la cual otorga beneficios a las personas que han cometido hechos delictivos, bajo las condiciones de su colaboración con la justicia en la persecución penal.
Entre los beneficios que la Ley establece para los colaboradores eficaces, establecidos en el artículo 3 de la Ley para el fortalecimiento a la Persecución Penal están: criterios de oportunidad o suspensión condicional de la persecución penal, la rebaja de la pena hasta en dos terceras partes; entre otros.