Honduras permitirá consultas populares y plebiscitos


El Congreso hondureño reformó las disposiciones que regulan las figuras del referendo y el plebiscito, lo que abrirí­a el paso a una consulta popular sobre la eliminación de los artí­culos de la constitución que prohiben la reelección presidencial y fijan en cuatro años el mandato de los gobernantes.


Las disposiciones contenidas en el artí­culo 5 de la carta magna son consideradas «pétreas» por los polí­ticos junto con otras siete vinculadas a la extensión territorial y el sistema democrático de gobierno, porque no se podí­an modificar desde que la legislatura las aprobó en 1982, cuando los militares retornaron a sus cuarteles tras gobernar Honduras por casi dos décadas.

La reforma fue aprobada en la noche del miércoles por 103 de los 128 diputados de cinco partidos polí­ticos. Un grupo de 25 legisladores votó en contra de la iniciativa, que respaldaron 21 seguidores del derrocado presidente Manuel Zelaya.

El liberal Erick Rodrí­guez, simpatizante del ex presidente, dijo que las modificaciones «recogen las aspiraciones de millones de hondureños que quieren que los tomen en cuenta en las grandes decisiones del paí­s, de las cuales han estado marginados los que defienden las ideas progresistas».

El jefe de la comisión de dictamen Mauricio Oliva, del Partido Nacional, dijo en la sesión legislativa que «la reforma no contempla limitaciones a la consulta popular», en tanto el titular de la bancada oficialista Celí­n Discua sostuvo que «pone en manos del pueblo un instrumento para manifestarse sin trabas sobre temas de interés nacional».

El diputado nacionalista Antonio Rivera fue el único de su partido que rechazó la reforma. «Con esta reforma se podrá consultar a la ciudadaní­a si está de acuerdo o no con la reelección presidencial… ¿qué pasará si llega al poder un lí­der mesiánico que desea perpetuarse en el poder y convoca un plebiscito para reelegirse?», se preguntó.

Zelaya fue derrocado por un golpe militar en junio de 2009 al intentar consultar a la población si era necesario hacer una Asamblea Constituyente para aprobar la reelección presidencial.

El diputado oficialista y ex presidente de la Corte Suprema, Oswaldo Ramos, dijo que «ahora el Congreso podrá modificar los pétreos si el pueblo lo decide mediante la consulta popular… y entonces esos artí­culos quedarí­an derogados».

Para entrar en vigor, las enmiendas deberán ser ratificadas en la segunda legislatura que se inicia el 25 de enero.

Según las reformas, el referendo se convocará para ratificar o modificar una ley ordinaria o una norma constitucional y el plebiscito para conocer la opinión popular en torno a temas constitucionales, legislativos o administrativos.

Ambas consultas se podrán realizar a nivel nacional, regional, subregional, provincial y municipal.

Las consultas ciudadanas tendrán lugar si participa el 51% de los ciudadanos de la última elección general.