Hay que abolir la Corte de Constitucionalidad y reformar la Constitución


Hace una semana me referí­a a la violación de la autonomí­a universitaria, y con ello de la Constitución, por parte de la Corte de Constitucionalidad (CC). Esta semana hemos sido informados de una acción igualmente grave, al dar impunidad la CC a responsables de crí­menes de lesa humanidad y crí­menes de guerra durante el conflicto armado interno. Se nota, de nuevo, el papel de la CC de ser candado que cierra las puertas de las ví­as jurí­dicas, para defender los intereses de los poderosos del paí­s.

Lic. Raúl Molina

Para exonerar de condena y castigo a los militares acusados de crí­menes atroces, verdadero genocidio, la CC se apoyó en la Ley de Reconciliación Nacional aprobada poco antes de la firma de los Acuerdos de Paz de 1996. La CC ignoró totalmente el Artí­culo 8 de dicha Ley, que dice: «La extinción de la responsabilidad penal a que se refiere esta ley no será aplicable a los delitos de genocidio, tortura y desaparición forzada, así­ como aquellos delitos que sean imprescriptibles o que no admitan la extinción de la responsabilidad penal, de conformidad con el derecho interno o los tratados internacionales ratificados por Guatemala». Resulta obvio que el caso debe ser llevado ante la CIDH y la ONU, porque los crí­menes de guerra cometidos generalizadamente por el Estado no admiten extinción de responsabilidad según los Convenios de Ginebra y las normas de derechos humanos.

Lamentablemente, la CC cree, al igual que muchos ciudadanos se imaginan, que sus decisiones no admiten cuestionamiento ni recurso. Eso es absolutamente falso, ya que internacionalmente se puede cuestionar el abuso que la CC hace de sus potestades y nacionalmente se puede recurrir a la desobediencia civil. Debemos dejar claro que no estamos dispuestos a acatar los fallos de la CC, especialmente cuando además de fallos son fallas jurí­dicas, y, en todo momento y con la fuerza del caso, se puede pedir la renuncia de sus integrantes.

La Constitución, aprobada en 1985 y mal reformada tiempo después, merece cambios sustanciales que solamente pueden provenir de una Asamblea Constituyente. Es una Constitución sustentada en la Doctrina de Seguridad Nacional y emitida en condiciones de dictadura militar. Se atrevió a decir, hace ya largos 23 años, que el pueblo de Guatemala no tendrí­a ninguna forma de modificar una serie de artí­culos de la Constitución, violando con ello su derecho a la libre determinación. Inventó la figura de la CC, como mecanismo para defender, en última instancia, los intereses del poder polí­tico, militar y económico. Pretendió cerrar las ví­as de la evolución democrática 11 años antes de que los Acuerdos de Paz finalmente abrieran los caminos de la democracia.

Quienes no se han atrevido a plantear la reforma sustancial de la Constitución, aun sabiendo que es necesaria, han utilizado como excusa que la nueva Constitución podrí­a ser peor que la actual. Es cierto que nuestra clase polí­tica no ofrece ninguna confianza; pero las condiciones históricas de hoy hacen que el pueblo tenga muchos más instrumentos para forzar los cambios radicales que la Constitución, el Estado y la sociedad ameritan. Es tiempo de dar el salto al siglo XXI y terminar con las lacras del pasado. Otra Guatemala es posible, ahora y para siempre.