Guatemala abrió sus puertas a la justicia internacional


Repo_1

Guatemala aprobó, en enero pasado, la adhesión al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, con lo que el país abrió la puerta a la justicia internacional para que delitos de genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra no queden en la impunidad. Sin embargo, el reto a vencer ahora implica reformar la legislación nacional para que se encuentre en sintonía con el instrumento.

Repo_2

ANA GONZÁLEZ
agonzalez@lahora.com.gt

El proyecto que buscaba que los crímenes cometidos en el país pudieran ser juzgados por la Corte Penal Internacional -con sede en La Haya, Holanda- fue desempolvado en enero pasado, cuando el Congreso dispuso aprobarlo luego de diez años de estar en el olvido.

Con esa decisión, el Estado de Guatemala abrió la puerta para que la justicia internacional juzgara los delitos de genocidio, crímenes de guerra, de lesa humanidad y el crimen de agresión*, aunque sobre éste último todavía no hay un acuerdo entre los Estados Partes del Estatuto para su definición.

La aprobación de este convenio cobra notoriedad ya que durante los 36 años de conflicto armado se acumularon miles de violaciones a derechos humanos sin que las víctimas pudieran tener acceso a la justicia.

Para el diputado Leonel Lira, quien integra la Comisión Legislativa de Derechos Humanos, el proyecto no podía esperar más, ya que 139 Estados se han sumado a la Corte Penal. “No se podía dejar en el olvido ya que se necesitaba una herramienta que permitiera que los delitos contra la humanidad no quedaran impunes”, resaltó.

Si bien no tiene carácter retroactivo, es decir, que no juzgará los hechos anteriores sino los que se cometan luego de su aprobación, permite que la impunidad que prevaleció en los años oscuros no vuelva a ocurrir.

A criterio de Ramón Cadena, presidente de la Asociación de Juristas de Guatemala, “es importante ya que se cuenta con un tribunal con jurisdicción internacional para conocer los delitos lo que permitirá combatir la lucha contra la impunidad a nivel mundial”.

Y es que pese a su importancia, el proyecto estuvo en lista de espera casi diez años, y fue hasta el 26 de enero de este año que tuvo luz verde. Para el activista en derechos humanos, Jorge Santos, el atraso se debía al temor que el estatuto alcanzara los hechos cometidos durante la guerra interna.

“Creo que antes no existió la voluntad de aprobarlo ya que se desconocía y se temía que se juzgara a las personas que cometieron violaciones durante el conflicto y ahora que saben que no tiene carácter retroactivo decidieron apoyarlo”, agregó.

El activista espera que la voluntad de aprobarlo sea un mensaje positivo de querer impartir justicia en el país y no una forma de ganar publicidad a nivel internacional..

SINTONÍA LEGISLATIVA

Aunque el primer paso ya se dio, Cadena y Santos coinciden que ahora se necesita armonizar varias leyes para que la legislación guatemalteca “vaya de la mano” del Estatuto. “El Estado debe demostrar que no ratificó únicamente para efectos publicitarios, sino que asumió un compromiso de derecho internacional”, explicó Cadena.

Actualmente la legislación contempla el genocidio,  en tanto los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra no están tipificados como tal, aunque si se cuentan entre los delitos de “deberes contra la humanidad” estipulados en el Código Penal.

Sin embargo, las reformas deben aprobarse, sugieren.

Oswaldo Samayoa, del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales, también considera  necesaria la armonización. Por eso, la entidad programó mesas de trabajo con instituciones interesadas en el tema, en la que participarán diputados y delegados del Ministerio Público para establecer un proyecto de ley.

“Empezaremos esta semana con un análisis técnico y un plan de trabajo que nos permita ver los procesos primarios para cumplir con todo”, señaló el abogado.

En tanto, autoridades de la Corte Suprema de Justicia ya han recibido pláticas para conocer el Estatuto.

El magistrado Manfredo Maldonado, integrante de la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia, recordó que semanas atrás recibieron una plática de expertos hondureños sobre el contenido y la aplicabilidad: “Nos dieron un conocimiento general del Estatuto” puntualizó.

La Corte Penal viene a dar un respiro ya que su jurisdicción en el país permitirá que los actos cometidos en la época más oscura no vuelvan a ocupar una página más en nuestra historia.


«ICC building and courtroom. Copyright: ICC»

ENTREVISTA
“Este tipo de violaciones no
pueden quedar en la impunidad”

Alberto Brunori, representante en Guatemala de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, se refiere a las implicaciones de la ratificación del Estatuto de Roma en Guatemala.

¿Cómo evalúan la ratificación del Estatuto de Roma?
Constituye un avance significativo para complementar la protección de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos. Sin embargo, es importante resaltar que esta aprobación no remplaza el deber del Estado de garantizar tales derechos. Implica, además, el compromiso del Estado de adoptar las medidas institucionales y legales que sean necesarias para asegurar que las violaciones graves a los derechos humanos no permanezcan en la impunidad. Para un país como Guatemala, la ratificación del Estatuto envía un mensaje claro de que este tipo de violaciones –tanto del presente como del pasado- no pueden quedar en la impunidad y en el olvido.

¿Qué importancia tiene el Estatuto que hacía necesario que países como Guatemala lo ratificaran?
La ratificación del Estatuto puede servir como una medida preventiva para garantizar que graves violaciones a los derechos humanos no se vuelvan a repetir. Con esta ratificación, Guatemala se une a los 120 Estados que se han comprometido internacionalmente a luchar en contra de las peores formas en las que se ha violentado y se sigue violentando la dignidad humana.

¿Cuáles son los delitos que podrán ser juzgados por la Corte?
Genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.

¿Todos los delitos están incluidos en la legislación guatemalteca? ¿Qué pasa si no están tipificados?
Los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra no se encuentran tipificados como tales, pero quedan abarcados por el artículo 378 del Código Penal referente a delitos contra los deberes de humanidad, que incluye las violaciones al derecho internacional humanitario.

¿Cómo será el proceso para los que sean acusados de delitos que contemple el Estatuto? ¿Quién eleva la denuncia a la Corte?
La Corte Penal Internacional es una corte complementaria a las jurisdicciones nacionales y solo se utiliza cuando un Estado no puede o no tiene la voluntad para juzgar a personas acusadas de genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. Cualquier persona puede elevar una denuncia a la Corte, en la misma forma en que lo haría ante las instancias nacionales. A diferencia del Sistema Interamericano, la Corte Penal Internacional tiene competencia para investigar, juzgar y sancionar a individuos responsables de graves violaciones a los derechos humanos.

¿Qué país en América Latina ha recurrido a la Corte?
Las actividades de la Corte Penal Internacional en acusaciones concretas y procesamiento de personas presuntamente responsables de esos graves delitos se han centrado en países africanos. En América Latina, recientemente la CPI recibió denuncias y pruebas sobre un caso en Colombia que aún está bajo consideración; eventualmente la Corte decidirá si presenta una acusación o no.

ESTATUTO
¿Qué delitos persigue?

Según el artículo 5 del Estatuto la competencia de la Corte se limitará a los crímenes más graves de trascendencia internacional, siendo estos: El genocidio, los crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y el crimen de agresión (el cual no se ha definido).

El delito de genocidio: Es aquel que se comete con la intención de destruir de forma total o parcial a un grupo nacional, étnico. A través de la matanza de miembros del grupo, lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo, sometimiento intencional. Medidas destinadas a impedir nacimientos, traslado a la fuerza de los niños.

El delito de crímenes de lesa humanidad: Son aquellos que se cometen como parte de un ataque generalizado contra una población civil y con pleno conocimiento de dicho ataque. Entre los actos se menciona: el asesinato, exterminio, esclavitud, deportación o traslado forzoso, encarcelamiento, tortura, violación, persecución de un grupo, desaparición forzada.

El delito de crímenes de guerra: La Corte tendrá competencia cuando los delitos se cometan como parte de un plan o política. Entre los actos establecidos están: matar intencionalmente, someter a tortura y tratos inhumanos, destruir bienes y apropiarse de ellos, obligar a un prisionero de guerra, tomar rehenes, someter a deportación, privar deliberadamente a un prisionero de guerra a sus derechos, obligarlo a prestar servicio en las fuerzas enemigas, lanzar ataque intencionalmente, atacar o bombardear a cualquier medio, ciudad, aldea que no esté defendidos, causar la muerte o lesiones a un enemigo, entre otros.

El crimen de agresión*: La Corte Penal Internacional no enjuiciará individuos por este crimen, pues  no hay un acuerdo común entre los Estados Partes del Estatuto sobre su definición.

LATINOAMÉRICA
Casos conocidos por la CPI:

* Golpe de Estado ocurrido en Honduras.
* Denuncia contra el presidente de México, Felipe Calderón por 470 casos de asesinato, tortura y reclutamiento de menores.
* Denuncia a Hugo Chávez por parte de un candidato opositor por delitos de lesa humanidad.
* Violaciones a derechos humanos, en Colombia, perpetrados por grupos paramilitares.

LARGO PROCESO
Antecedentes en Guatemala

Si bien sus inicios se remontan al siglo antepasado, fue hasta 1998 cuando la Corte fue aprobada, pero la ratificación de los países y su puesta en vigencia fue en julio del 2002. En ese entonces fueron 60 países los que avalaron. Actualmente la Corte cuenta con 139 estados miembros.

Ese año, el Presidente de ese entonces en Guatemala, Alfonso Portillo, envió una consulta a la Corte de Constitucionalidad para establecer si el estatuto se ajustaba a la legislación guatemalteca. El pleno de magistrados decidió que no existía discordancia por lo que el Congreso podría aprobarlo. Pero pasaron diez años para que los diputados decidieran darle vida jurídica.

“Es importante, ya que se cuenta con un tribunal con jurisdicción internacional para conocer los delitos, lo que permitirá combatir la lucha contra la impunidad a nivel mundial”.
Ramón Cadena,
Asociación de Juristas de Guatemala