Fundación Myrna Mack objeta a ProReforma (y 2)


   El jueves anterior intenté resumir los aspectos que estimé más pertinentes del análisis elaborado por la Fundación Myrna Mack a las propuestas de la organización civil ProReforma, sin haber agotado el tema, como tampoco en esta ocasión, al sintetizar otros razonamientos en contra de las reformas a la Constitución Polí­tica planteadas por el citado grupo.

Eduardo Villatoro
eduardo@villatoro.com

   La Constitución vigente es un texto fundamental que contiene valores superiores e instituciones democráticas -advierte la FMM-, de tal manera que consagra un régimen de derechos humanos que recoge las más avanzadas tendencias universales, y, en tal sentido, afianza un sistema democrático de representación participativa. Además de ser un documento jurí­dico fundamental, es, también, un pacto social, un instrumento de gobierno que expresa los sentimientos anhelos y valores de un pueblo, aunque en la práctica -agrego de mi parte- no se cumplan todos sus objetivos, valores y principios.

   Pero la finalidad del análisis de la Fundación Myrna Mack consiste, precisamente, en  rescatar a la Constitución como norma jurí­dico-polí­tica fundamental que recoge los valores históricos y esenciales de un proyecto nacional de Estado de derecho democrático, que garantice la independencia de los poderes públicos y la plena vigencia de los derechos humanos.

   En contra de la propuesta del grupo ProReforma de crear dos cámaras legislativas, la FMM aboga porque se mantenga el monocameralismo del poder legislativo, en virtud de que a) es necesario el carácter unitario de la representación polí­tica; b) los riesgos innatos a la dispersión de las relaciones parlamento-gobierno que ocurrirí­an en un parlamento bicameral; c) la complejidad y lentitud del procedimiento legislativo, y d) los inconvenientes propios de los procedimientos de conciliación entre las dos cámaras en caso de que no existan acuerdos.

   Adicionalmente, en las democracias contemporáneas basadas en el sistema de partidos ya no se conciben criterios diversificados de representación polí­tica, de suerte que la representación sólo podrá ser nacional y elegida con la asistencia de los partidos polí­ticos en una sola cámara, sin duplicados inútiles, a lo que se añade lo señalado el jueves 20 respecto a la conculcación de los derechos civiles y polí­ticos con la conformación de un Senado sólo con personas mayores de 50 años de edad.

   En este sentido, la racionalización del poder polí­tico confirma la necesidad de reconocer a todo ciudadano el derecho de participar en un plano de igualdad en el proceso electoral, de tal forma que el ejercicio del voto no puede ser limitado a un número reducido o previamente seleccionado con criterio restrictivo de ciudadanos, y de ahí­ surge la asignación al voto de carácter universal, lo cual significa que no se puede condicionar ni discriminar el ingreso de ciudadanos al cuerpo electoral por razones etéreas, fí­sicas, económicas o sociales, como pretende la organización ProReforma, lo que implica una clara regresión desde la perspectiva de los derechos fundamentales.

   En conclusión, la Fundación Myrna Mack solicita la improbación de las propuestas de reforma constitucional planteadas por aquel grupo, porque violentan el principio del constitucionalismo, restringen el derecho al sufragio, revierten la preeminencia del Derecho Internacional sobre el Derecho interno, y muchas razones más de peso.

   (El jurista Romualdo Tishudo cita al finado primer ministro británico Harold MacMillan: -Deberí­amos usar el pasado como trampolí­n y no como sofá).