En cumplimiento a su responsabilidad, la Corte Internacional de Justicia con sede en La Haya, Holanda, el día 27 de enero de este año, emitió un fallo definitivo en la discrepancia o litigio sobre el respectivo mar territorial entre la República de Chile y la República de Perú, en la colindancia fronteriza entre la provincia de Arica, Chile y la provincia de Tacna, Perú.
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Lo primero a señalar es la entereza con la que ambos gobiernos aceptaron el fallo, evidenciando con ello su seriedad y su ánimo de mejorar las ya positivas relaciones entre ambos países.
El segundo aspecto que se evidencia en el fallo, es la forma salomónica con la que la Corte Internacional de Justicia resolvió el reclamo. Para Perú se considera un triunfo por cuanto obtuvo 21 mil kilómetros del mar en disputa, a lo que se le agregó 29 mil kilómetros más de mar territorial que no estaba así establecido. Para Chile no debe ser considerado una derrota, porque recibió la certeza de su soberanía en 17 mil kilómetros de mar territorial que Perú deseaba recibir y que a partir del fallo ya no puede reclamar bajo ningún concepto.
Estos 17 mil kilómetros son más ricos que los 21 mil kilómetros que obtuvo Perú, además, en las actuales circunstancias, mucho más fácil y de menor costo explotar en su riqueza pesquera por cuanto los 17 mil kilómetros que Chile mantiene y logra están mucho más cerca del puerto de Arica, que los 21 mil kilómetros que Perú obtiene en distancia del puerto de Tacna, donde por razones de la naturaleza, la abundancia del pescado denominado anchoveta es mucho mayor en el área que Chile mantiene que en el área que Perú hoy obtiene.
Adicionalmente, Chile conservó en línea recta 80 millas náuticas a partir del límite de su frontera territorial hacia el mar. Si se observa y analiza la forma geográfica del territorio de Perú y el de Chile, se comprueba que el límite territorial entre ambos países en esa área se produce prácticamente en un ángulo de 30 grados, lo que obviamente hace que las líneas provenientes de uno y otro territorio se superpongan dentro de una distancia de 200 millas náuticas. En todo caso, políticamente ambos países podrán decir que ganaron o perdieron lo menos posible en su disputa o discrepancia territorial, fue por consiguiente una decisión salomónica, que es el ideal cuando existen disputas territoriales o marítimas como las pocas que todavía existen en nuestra América Latina.
Los gobiernos de nuestros países deberían de comprender que esa es la forma de buscar resolver las disputas territoriales y/o marítimas, por cuando de esa forma la discrepancia se resuelve de una manera justa y ecuánime, que le permite a los gobiernos de uno u otro país y a los pueblos sentirse positivos, lo que fomenta la relación política, la relación económica y la relación social. En síntesis, se aplica que “más vale una mala transacción que un buen juicio”.
En este caso, si bien no hubo transacción, sí hubo una sentencia salomónica que fomentará la armonía y el respeto entre dos importantes países del cono sur.
Guatemala, a través de su cancillería, debería de una forma discreta pero eficiente, manifestar su alegría por una solución que sin duda alguna fue la mejor y la manera pacífica y definitiva de resolver un litigio que duró los últimos 50 años entre Chile y Perú y que fue sujeto de estudio y discusión por seis años en la Corte Internacional de Justicia, donde sus 16 jueces resolvieron este fallo que incrementa la paz y las buenas relaciones, que contribuyen al desarrollo económico y social entre los latinoamericanos.
¡Guatemala es primero!