El ministro de Ambiente y Recursos Naturales, Luis Ferraté, advirtió que antes de emitir una postura oficial en cuanto al fallo que la Corte de Constitucionalidad (CC) emitió sobre la Ley de Minería, deben «esperar, porque cuando la CC emite un fallo de ese tipo, las implicaciones de la interpretación deben ser hechas por expertos abogados constitucionalistas», advirtió.
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De acuerdo con Ferraté, la inconstitucionalidad de los siete artículos del Decreto 48-97 debe ser interpretada por los expertos, para que sean ellos quienes determinen las implicaciones que trae para el Ministerio de Ambiente, y para otras instancias, la decisión de la CC.
«Nosotros tenemos que llevar ante expertos el fallo, para determinar el impacto que tiene y posteriormente, nos lo trasladarán. Esto tardaría unas dos semanas porque el fallo es extenso», manifestó el titular de la cartera de ambiente.
No obstante, Ferraté resaltó dos aspectos fundamentales en la disposición de la Corte: «Todos tenemos derecho a un ambiente sano, que es un privilegio y un derecho inalienable. Por otro lado, se consolida el bien común sobre el individual; sin embargo, los artículos modificatorios deben ser sujetos de un análisis profundo», concluyó.
Los artículos declarados inconstitucionales de la Ley de Minería son: 19, 20, 21, 24 y 27, 75 literal d y el 81.