¿Existe independencia judicial en Guatemala, dado el método de elección de las autoridades?


La fotografí­a muestra a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia en toma de posesión. Especialistas observan que factores laborales, polí­ticos y económicos interfieren en la independencia de los jueces y magistrados. Archivo

La intervención de intereses polí­ticos y económicos es para los expertos el motivo por el cual dudan de la imparcialidad de los fallos de los administradores de justicia.

Eddy Coronado
ecoronado@lahora.com.gt

Civiles critican el retraso en la resolución de amparos, situación que se vincula a las decisiones de los magistrados. Achivo.

La independencia en el sistema de justicia del paí­s todaví­a tiene una lista de elementos cuestionables al momento de decidir quiénes serán los encargados de impartirla, puesto que las decisiones finales de la designación de cargos están, por lo general, a disposición final del Presidente y del Congreso de la República.

En el caso de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y magistrados de sala, la decisión de nombrar a los profesionales le corresponde al Congreso luego de que la lista de aspirantes al cargo es depurada por una Comisión Postuladora, y de igual manera es el Presidente quien decide quién será el próximo Fiscal General y jefe del Ministerio Público (MP), con un procedimiento similar de postulación.

En esa lí­nea, las decisiones para el nombramiento del cargo terminan de manera polí­tica, por ello la Comisión Internacional de Juristas (CIJ) en su más reciente visita al paí­s, realizó una serie de recomendaciones para la elección del próximo dirigente del MP en la que sugieren una modificación de la Constitución, con el afán que la elección sea determinada de una manera apolí­tica.

La CIJ, entre otras de observaciones, resaltó que durante su estancia en el paí­s constató que en la elección del Fiscal General existen problemas de fondo, ya que la Constitución que se estableció desde 1985, desarrolla un sistema de nombramiento que depende en última instancia del Presidente de la República a quien le corresponde con exclusividad la designación final.

Además, la falta de implementación de una carrera judicial para fiscales que desarrolle las condiciones razonables de servicio público y regule el ascenso de los fiscales basado en factores objetivos como su idoneidad, capacidad, experiencia y logros también fue cuestionada.

Aunque el reglamento general de la ley de la Carrera Judicial fue emitido por la Corte Suprema el dí­a 26 de febrero del año 2000, a través del Acuerdo Número 6-200 y fue publicado en el Diario de Centro América el 24 de marzo del mismo año, éste no llenó las expectativas requeridas por los observadores del proceso.

La primera ley de la carrera judicial fue promulgada por el Decreto 41-99 del Congreso de la República y está vigente desde el mes de diciembre de 1999, pero esta ley, a la fecha, no se torna positiva porque no se han conformado ni instalado sus respectivos órganos, refiere la CIJ.

INTERESES Norma Cruz de la Fundación Sobrevivientes refiere que «la independencia judicial sigue estando afectada por grupos paralelos dentro de los altos poderes del Estado». «Siguen habiendo poderes paralelos que al que no se alinea lo alinean, quiera o no quiera, por eso a veces decimos que hay que hacerle una limpia a todo el que entra, porque sabemos que hay poderes oscuros y paralelos que no van a permitir que avancemos lo que queramos», afirmó Cruz.

La directora de la Fundación Sobrevivientes en cuanto a la elección del Fiscal General del MP dijo que los poderes económicos buscan tener a su representante para que persiga la evasión fiscal y otros poderes también buscan a alguien para que no persiga a los altos mandos del Ejército.

REFORMA

La independencia judicial es un factor determinante para disminuir la impunidad, que actualmente sigue imperando en las resoluciones de los jueces y un sistema que persigue a su interés. Marco Antonio Canteo Director del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales de Guatemala (ICCPG) señala que después de 25 años de democracia y una nueva Constitución «la experiencia nos ha demostrado que es necesaria una reforma constitucional, principalmente en los temas de justicia y seguridad».

Canteo afirma que es necesario un debate sano y responsable sobre la premisa del fortalecimiento del estado de Derecho y la democracia para buscar mecanismos que eviten la politización en el nombramiento de jueces, magistrados, fiscales, directivos del Instituto Nacional de Ciencias Forenses y en la Dirección de la Defensa Pública Penal.

«Se requiere un debate a nivel nacional sobre estos temas, pero también hay que tener cuidado para que toda reforma judicial que se quiera realizar no concluya en mecanismos que la politicen más o que deje en manos de un solo funcionario el nombramiento en el sistema judicial», afirmó el director del ICCPG.

RECOMENDACIONES

Entre las recomendaciones para mejorar el sistema de justicia, destaca el debate que tiene que realizarse acerca del nombramiento de jueces de carácter vitalicio, con buena remuneración y con componentes claros para que los administradores de justicia se formen dentro de la carrera judicial. Estiman que la buena remuneración, disminuye las posibilidades de corrupción.

También hay que trabajar sobre el componente de carrera, para garantizar que a los fiscales en ejercicio de sus funciones se les tome en cuenta en la elección de Fiscal General.

Por otra parte, «aunque va a ser muy difí­cil que se pueda evitar la politización», los expertos en la materia defienden que sí­ se pueden buscar mecanismos para evitarla, para que así­ las instituciones de justicia cobren independencia del poder polí­tico y económico.

Técnicamente las crí­ticas no pesan sobre las leyes especí­ficas, sino más bien en la Constitución y los sistemas de elección de funcionarios.

Según los expertos, hay que «avanzar» en materia legal, porque aunque se hagan reformas a la ley, éstas serán insuficientes para avanzar sustancialmente en este tema mientras la Constitución plantee un mecanismo de Comisiones de Postulación que finalmente otorgue el poder de decisión al Presidente y el Congreso.

«Por lo tanto esos dos mecanismos que se han criticado muchí­simo no tienen que ver con leyes ordinarias sino más bien con la Constitución y requiere un debate más serio y más amplio porque hay que evitar que se desnaturalice las reformas constitucionales», afirmó Canteo.

MINISTERIO DE JUSTICIA

De acuerdo con el Instituto de Ciencias Penales, la primera medida que hay que garantizar es la inamovilidad de los jueces, salvo que sea por causas de corrupción, negligencia o incumplimiento de deberes, junto con ello hay que garantizar la separación de funciones administrativas y de allí­ se puede avanzar en una reforma constitucional para crear un Ministerio de Justicia.

En muchos paí­ses existe el Ministerio de Justicia porque da mecanismos para quitarles funciones administrativas a los jueces y regular el gobierno del poder judicial.

La inamovilidad en el puesto de los magistrados no significa que los jueces y magistrados no sean sometidos a control, cuando se crea un Ministerio de Justicia se fortalecerán los mecanismos de control para garantizar que los Jueces y Magistrados se dirijan a su función con independencia y sin caer en las prohibiciones ya mencionadas en el párrafo anterior, refieren los expertos.

Pero hace falta más, según el ICCPG, se requiere una supervisión general fuerte, mecanismos de supervisión del trabajo judicial y administrativo, y para ello es necesaria una nueva arquitectura funcional en materia judicial.

Otro elemento que los analistas ven como esencial, es la participación ciudadana. Se ha avanzado en ese tema, toda vez que los procesos de elección tienen más acompañamiento, pero esgrimen que la fiscalización debe continuar a lo largo del ejercicio de funciones.

¿QUí‰ AFECTA EN LA INDEPENDENCIA?

De acuerdo con el analista del Instituto de Ciencias Penales la supervisión está sumamente débil. «A nuestro juicio en el sistema judicial hay problemas estructurales que hay que atacarlos de raí­z», dijo Canteo.

De acuerdo con el director del ICCPG, toda vez que se resuelvan estos tres problemas la seguridad del paí­s puede mejorar en el mediano plazo.

En el libro Independencia y Carrera Judicial en Guatemala, escrito por la experta Gabriela Judith Vásquez Smerilli, se explica que el principio de la independencia judicial constituye uno de los pilares fundamentales para la construcción de un sistema de justicia democrático y la consolidación de un verdadero Estado de Derecho.

La obligación de un sistema eficiente es resaltada mediante el artí­culo 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artí­culo 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Polí­ticos y el artí­culo 8.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos; Guatemala se comprometió a garantizar el derecho de toda persona a ser juzgada por un tribunal independiente e imparcial.

En el informe sobre independencia Judicial en Guatemala publicado por el Centro de Estudios de las Américas se establece que los principales obstáculos a la independencia de los jueces son la inestabilidad en el empleo, la corrupción, el tráfico de influencias y la presión de funcionarios y poderes ocultos.

Asimismo, la posibilidad de ascenso va ligada a la elección de los magistrados de la Corte de Apelaciones y Corte Suprema, y ello hace que deban hacerse «alianzas» para que los miembros del Congreso de la República los elijan. Allí­ empieza la politización.

Cuando actúan de conformidad a derecho, uno de los factores más importantes que enfrentan los jueces son las amenazas en contra de la seguridad e integridad fí­sica de los jueces y su familia, especialmente en casos de alto impacto.

Por último, menciona que la carga de trabajo que soportan algunas judicaturas -especialmente las penales y las departamentales- es muy alta, lo que provoca la delegación de las decisiones en el personal auxiliar.

La conclusión a la pregunta inicial podrí­a ser negativa toda vez que los números de la impunidad son alarmantes, aunque es importante mencionar que un estudio a profundidad, que analice nuestra situación real y sin sesgos, serí­a saludable para el paí­s, dicen analistas.

PROBLEMAS ESTRUCTURALES ¿JUSTICIA?


Los principales problemas en la administración de justicia

? El sistema de investigación criminal; el Ministerio Público está colapsado por exceso de delitos y por las fuerzas ocultas que lo tienen inoperante; el sistema es sumamente débil, no hay forma en que la Policí­a mejore en conjunto, no hay capacidad operativa para investigar los múltiples homicidios y una lista enorme de delitos, por lo tanto el sistema de investigación criminal es la primera falla estructural en el Sistema Judicial y una explicación de la impunidad.

? La falta de independencia de las instituciones de justicia. Hay que debatir acerca de la posibilidad de que jueces y magistrados se elijan de una manera y con calidades que aseguren que únicamente velarán por el bien de la justicia y el paí­s

? Es necesaria una mejor fiscalización del poder judicial, tanto de los entes del Estado como de la sociedad civil.

? El otro problema son los Cuerpos Ilegales y Aparatos Clandestinos, que operan de manera impune y calculada en el paí­s