Exceso de trabajo para la niñez


«Eran las seis de la tarde, cuando Julio* de ocho años, se dirigí­a a comprar a la tienda cerca de su casa, repentinamente sintió, cómo í“scar*, de 15 años, le arrebató el dinero y lo hirió con un cuchillo; inmediatamente, los vecinos capturaron al adolescente con la intención de lincharlo. La Policí­a Nacional Civil intervino para que no lo golpearan, luego lo llevaron al juzgado respectivo».

Herberth Pineda, Agencia de Noticias La Nana

Historias como esta son vistas a diario en Guatemala, donde infantes y adolescentes son ví­ctimas y, algunos casos, agentes de violencia. Ante ello, cabe preguntarnos, ¿qué sucede cuando un adolescente comete un acto reñido con la ley? o ¿qué pasa cuando una niña o niño es agredido o es abandonado?

En junio de 2003 se aprobó la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia, LPINA, que establece en el artí­culo 98, el funcionamiento de los juzgados que atenderán a infantes y adolescentes, en este tipo de sucesos. Anterior a la aprobación de dicha ley, los tribunales eran regidos por el derogado Código de Menores.

Exceso de trabajo

La coordinadora del Proyecto Justicia Juvenil, del Organismo Judicial, OJ, Marilys Estrada, señala que existe una dificultad para el adecuado funcionamiento de los tribunales infantiles, ya que «el exceso de trabajo, especialmente en procesos de niños ví­ctimas y los casos denunciados, sobrepasan la capacidad de los juzgados, para efectuar las audiencias en el plazo establecido en la ley».

Asimismo, la presidenta en funciones de la Sala de la Corte de Apelaciones, Sonia Doradea, indica que un juzgado recibe de ocho a diez casos nuevos cada dí­a.

A ello se suma que los Juzgados de primera instancia, donde se ejecutan los procesos de protección y de adolescentes en conflicto, están distribuidos por regiones, por lo que, generalmente, un juzgado debe atender a tres departamentos. Actualmente hay nueve sedes regionales en el interior de la república. íšnicamente en el área metropolitana, están separados por competencia.

Por lo que las funcionarias coinciden que este problema hace surgir otros. «En el interior del paí­s no existen todos los programas que se requieren para apoyar a la niñez y adolescencia que ingresa al sistema de justicia», señala Marilys Estrada. Además, la distancia es un inconveniente que perciben aquellas personas que deben transportarse de un departamento a otro, en busca de un juzgado para resolver su situación, agrega.

De igual forma, Doradea, deduce que este problema también provoca la ausencia de jueces, «la principal demanda de los juzgados para la Corte Suprema de Justicia, CSJ, es instalar más de éstos, tanto dentro como fuera de la capital».

Por su parte, el asesor legal de Casa Alianza, Héctor Dionisio, confirma que son insuficientes, «son pocos juzgados y muchos casos», advierte. Dionisio opina que la metodologí­a que utilizan también puede ser la causa de la lentitud con que se llevan los procesos.

Sin embargo, el asesor jurí­dico del Movimiento Social por los Derechos de la Niñez y la Adolescencia, Byron Alvarado, señala que más que un problema de los juzgados, es una falla de la CSJ, al no priorizar los temas de niñez. «En el interior, en cada instancia, funcionan ambas competencias, lo cual no permite que el personal y la asesorí­a se especialicen en una sola materia, como lo estipula la LPINA. Además, en los departamentos, hay más casos de protección, y por ello, se debe instalar más juzgados de niñez y adolescencia», afirma Alvarado.

Nuevo sistema

El Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales, IECCP, trasladó a la Corte Suprema de Justicia, CSJ, una propuesta para diseñar un nuevo sistema de resolución de casos, que consiste en efectuar audiencias orales directas desde el inicio del proceso, con el objetivo de agilizar el procedimiento, según Marí­a Eugenia Villaseñor, de la Sala Quinta Penal de Quetzaltenango.

La CSJ dictaminó favorable la propuesta, y se implementó en el área penal de dicho departamento. Villaseñor afirma que, «los resultados han sido favorables por lo que la Corte diseña un módulo especí­fico para cada ramo judicial», lo que incluye a los Juzgados de Primera Instancia de Niñez y Adolescencia y de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal.

«El diseño para los casos de adolescencia y niñez, aún no se ha concluido, se espera además el equipo para realizar las audiencias. í‰ste consiste en micrófonos, y aparatos para archivar los casos en discos compactos de audio, que se entregan a las partes acusadoras y defensoras, como para el juzgado», advierte el oficial segundo del Juzgado de Niñez y Adolescencia de Quetzaltenango, Rafael Paz.

Ante esta situación, Estrada concluye que «existe interés de las autoridades para implementar en los procedimientos la gestión oral para las audiencias, lo que contribuirá a resolver los casos en un menor tiempo y así­ cumplir con los plazos establecidos en la ley».