Aunque pudiera parecer un menester poco complicado, el escribir una columna semana a semana con contenido puede constituirse en un lindo reto que asumo con diligencia dada la confianza depositada a lo largo de estos casi 3 años. Intentaré, sin entrar en consideración individualizada, «definir un marco» que nos permita entender, dada la complejidad, el significado de un Estado Libre Asociado que nos servirá para comprender dentro del análisis internacional algunas realidades complejas que se dibujan día a día.
Al iniciar, tenemos que tener presente que el tema de los pueblos y la libre determinación forma parte intrínseca en el estudio de la teoría de los sujetos del Derecho Internacional. Asimismo, habría que dividir el estudio en dos partes: por un lado, el análisis jurídico de los Pueblos Coloniales, los Pueblos í‰tnicos o Nacionales y los Pueblos Indígenas y por otro lado, el estudio de las diversas manifestaciones de organización derivadas de realidades políticas: autonomía municipal, autonomía regional, autonomía nacional, Federalismo, Confederación, República, Reinado y otras más reconocidas por el Derecho.
Antes de entrar en materia, habrá también que recordar que el tema de los pueblos y la libre determinación conlleva un estudio minucioso de la normatividad, la titularidad, el régimen que otorga la Carta de las NNUU, el análisis de los procesos colonizadores y descolonizadores, integridad territorial, población, territorio, etc., etc., que sin duda permitiría como mínimo dividir el presente en unas 3 o 4 entregas más.
Algunas características de los Estados Libres Asociados suelen ser: a) la secesión, como resultante de una decisión soberana del pueblo; b) la asociación, decisión voluntaria de carácter bilateral como resultante de una negociación entre el Estado que se acaba de separar y del Estado separado, no se reconoce entonces un divorcio sin litigio y c) la representación indivisible de un único sujeto dentro del Sistema Internacional.
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Algunos Estados Libres Asociados: Puerto Rico, los territorios Aaland en Finlandia, las Azores y Madera, Islas Feroe, Cachemira en la India, entre otros. Igualmente diferenciar a Estados Libres Asociados y Estados Asociados es importante.
En el contexto de la realidad internacional, resulta obligatorio para quienes intentamos realizar análisis internacional, manejar con la mayor propiedad posible los elementos teóricos del complejo sistema, habrá que tener mucha precisión al analizar los procesos autonómicos, uno de ellos y que a mi entender es un modelo interesante el de España. Analizar los fenómenos de separación de Estados, los casos de Palestina y Taiwán, por citar algunos son temas fascinantes que se enmarcan dentro del estudio del Derecho Internacional y que podrían dar la pauta a investigaciones profundas, dejando de lado la descripción monográfica para adentrarse dentro de la teoría del Derecho Internacional, las resoluciones jurídicas dictadas y comprender que la libre determinación de los pueblos es un complejo apartado que requiere claridad en su abordaje.
Dejo la inquietud para que usted continúe un estudio o modestamente intercambie con este servidor algunas consideraciones que enriquezcan el conocimiento, que es al final de cuentas una de las tareas de la comunicación.
Politólogo, estudios de RRII, DDHH, Economía Internacional y Derecho Internacional.