Entre los economistas también hay gí¼izaches


Oscar-Clemente-Marroquin

Ayer el abogado Alfonso Carrillo presentó una acción de inconstitucionalidad contra el Decreto 13-2011 del Congreso de la República que autoriza al Ministerio de Finanzas para que en forma extraordinaria y excepcional pueda trasladar en el presente ejercicio fiscal recursos que se encuentren disponibles en diferentes Ministerios y Unidades Ejecutoras como ESPACIOS PRESUPUESTARIOS, con diferentes fuentes de financiamiento en proyectos de inversión a programas de funcionamiento”.

Oscar Clemente Marroquí­n
ocmarroq@lahora.com.gt

 


Hago notar que las mayúsculas en el texto citado las puse yo para abundar en razones y argumentos sobre la gí¼izachada. Sucede que cuando el gobierno, bajo la enorme presión que ejercí­a la señora Torres de Colom, se vio obligado a hacer transferencias de partidas de un ministerio a otro y se arrebataron partidas a Educación, Salud y el área de Seguridad para complacer las crecientes exigencias de quien realmente mandó durante los primeros tres años de este gobierno pomposamente llamado “de ílvaro Colom”, aunque en la práctica él fuera apenas un segundo de a bordo, el entonces flamante ministro de Finanzas se sacó de la manga el concepto de los espacios presupuestarios para decir que no estaban transfiriendo partidas, sino simplemente espacios.
 
  En su lambisconerí­a para quedar bien con la que mandaba y para defender su chance, hizo algo parecido a lo que en su tiempo hiciera Arzú cuando privatizó Guatel, es decir, jugó con las palabras no sólo para babosearse a la gente sino para jugarle la vuelta a la ley.
 
  Hoy lo vemos, puesto que el Congreso en el decreto de referencia dice que autoriza que se hagan transferencias de “espacios presupuestarios” de proyectos de inversión a programas de funcionamiento. La Constitución, en toda la normativa sobre el Presupuesto General de la Nación nunca usa el concepto de espacios presupuestarios, sino de partidas y al respecto de manera clara, categórica e irrefutable ordena: “No podrán transferirse fondos de programas de inversión a programas de funcionamiento de pago de la deuda pública”.
 
  Semánticamente, hablar de fondos y recursos es exactamente lo mismo y aunque los legisladores, como en tiempos de Arzú, inventaran palabrerí­a para justificar la venta de la empresa de telecomunicaciones sin que el Congreso tuviera vela en el entierro, ahora este Congreso redacta un decreto de acuerdo a la terminologí­a de Juan Alberto Fuentes Knight, fiel servidor de la señora de Colom para facilitar que se exprimieran las partidas de los hospitales, de las escuelas y de la Policí­a encargada de la seguridad ciudadana, para financiar la que ya era la campaña presidencial de la entonces Primera Dama.
 
  Si hablamos de rendición de cuentas, Fuentes debiera asumir su responsabilidad en ese manoseo semántico que hizo para justificar el traslado de los recursos y que ahora da lugar a una acción de inconstitucionalidad que la Corte encargada del control de la legalidad no puede pasar por alto porque es obvio que hay una perversa utilización de palabras para jugarle la vuelta a la normativa que se establece en el artí­culo 238 de la Constitución Polí­tica de la República de Guatemala.
 
  La mente truculenta de quienes inventan mecanismos para jugarle la vuelta a la ley no es competencia únicamente de los gí¼izachines del lugar, sino también de aquellos que presumen de académicos pero que, para defender su chance, ofrecen sus buenos oficios para inventar conceptos que permitan escapar de las rigideces de las normas legales.
 
  Hablar de espacios presupuestarios en vez de partidas no fue idea de la mandamás de este gobierno. Fue idea de los encargados del manejo del presupuesto que necesitaban formas para ablandar la crí­tica y para permitir que, en casos como el de los maestros, se pueda jugarle la vuelta a la Constitución que prohí­be las transferencias de inversión a funcionamiento.