Encuestas, cuentos o verdades (II)


El ciudadano que se entere de las encuestas realizadas por Prensa Libre, Siglo Veintiuno y elPeriódico y las compare, encontrará significativas diferencias en el resultado de las mismas. Por ejemplo, en la encuesta de Prensa Libre publicada el 27 de junio, la intención de voto para el candidato ílvaro Colom es de 20.75, en la encuesta de Siglo Veintiuno -para éste mismo candidato- es de 38.7 y en la de elPeriódico, de fecha 25 de junio, también ílvaro Colom recibe una intención de voto del 28%. Lo mismo sucede, comparativamente hablando de las tres encuestas, con los candidatos Otto Pérez, Alejandro Giammattei, Rigoberta Menchú, etc., evidenciándose con esto, no sólo que los métodos y los grupos que se encuestan producen diferencias sustanciales, sino que la encuesta es como se dice «todo depende del cristal con que se vea».

Juan Francisco Reyes López
jfrlguate@yahoo.com

Nuestro sistema democrático, la Ley Electoral y de Partidos Polí­ticos no limitan, ni regulan las encuestas; sin embargo, no puede dejar de reconocerse que estos sondeos de opinión pueden, y de hecho se utilizan, como una manera de influir en la opinión pública y no sólo informarla, logrando así­ beneficiar o perjudicar a determinados candidatos o partidos polí­ticos, según el interés de quienes pagan las encuestas. Por ello, es que la opinión predominante de los partidos polí­ticos y de los polí­ticos en lo individual es que las encuestas deberí­an dejar de ser públicas por lo menos 30 dí­as antes de una elección y así­ reducir el impacto inductivo e influyente que pudieran tener en las personas indecisas e incluso en quienes les gusta poder jactarse de votar por los candidatos que triunfan.

A cualquier persona le es fácil comprender que también las encuestas públicas o privadas son un excelente instrumento para obtener financiamiento y donaciones económicas durante el proceso eleccionario, no son pocas las personas de recursos que «invierten» para tener la posibilidad de adquirir un derecho de llave; es decir, «pagan» para que después, al triunfar un candidato, un partido polí­tico, ellos puedan durante el gobierno solicitar se les escuche y se les devuelva «el favor» de su aportación en privilegios y beneficios de diferente naturaleza: económicos, fiscales e incluso como se puede comprobar, hasta otorgándoles pasaporte diplomático a ellos y su familia como lo han logrado diferentes conocidos empresarios y así­ obtener un fuero diplomático en el exterior que legal y realmente no les correspondí­a, aspecto que inclusive les ha permitido no pagar impuestos en sus propiedades y vehí­culos en el extranjero y que sus hijos gocen, en sus estudios en el exterior, de beneficios que legalmente no les correspondí­a.

En el futuro, la Constitución de la República y la Ley Electoral y de Partidos Polí­ticos deberá profundizar en este tema, especialmente para evitar que el Presidente de turno, el partido polí­tico de gobierno y los alcaldes de las diferentes corporaciones municipales que pretendan reelegirse puedan utilizar los impuestos, los recursos públicos y la obra realizada durante su gestión como un medio polí­tico propagandí­stico para influir en el voto de la ciudadaní­a.