El Renap, sus intenciones y sus lamentables omisiones


La sabidurí­a popular es acertada. «írbol que nace torcido, jamás su rama endereza». Tal es la situación que se da alrededor del Registro Nacional de las Personas, Renap. En 2005, cuando la arrogancia legislativa se desenvolví­a entre manifestaciones de imposición, manipulación y componendas, nació torcidamente el Decreto Número 90-2005, que contiene la ley del Renap.

Walter del Cid

Un diputado de una mayoritaria bancada de oposición zarandeó el hemiciclo parlamentario expresando que no habí­a la cantidad de legisladores necesaria para aprobar dicho decreto que, al crear un ente autónomo, requiere de mayorí­a calificada, en este caso, 105 votos. Los pataleos poco importaron al maniobrero director de debates de ese momento y el decreto se «aprobó».

La Prensa dio cuenta de ello. Pero no pasó nada y un miércoles 21 de diciembre de 2005 es publicado dicho decreto. Fecha oportuna. Esa norma entró en vigencia el 20 de febrero del año pasado. El 20 de abril, hoy hace un año, debió haber iniciado sus operaciones administrativas. Pero en el propio recinto parlamentario los legisladores no se poní­an de acuerdo en la elección del tercero de los integrantes del directorio del ente conformado por un Magistrado del Tribunal Supremo Electoral, el Ministro de Gobernación (ahora la Ministra) y un miembro electo por el Congreso. Incumpliendo sus propias normas, tal elección se produjo hasta enero de este año.

¿Y cuáles son las intenciones del Renap? Sencillo, pero complejo. Darnos un salto cualitativo y sustituir el «cuadernillo» que llamamos cédula, que data de los años 30 del siglo pasado, por un documento de identificación que provea no sólo certeza, sino garantí­as y normas de seguridad desde su emisión hasta el destino final de cada habitante que sea mayor de edad. En eso todos estamos de acuerdo. De hecho, hasta donde he podido determinar ningún alcalde del paí­s se opone a tal proceso que nos brinde certeza jurí­dica en ese ámbito. La complejidad está en la implementación electrónica y digital de tales garantí­as y el sofisticado equipo y programas a manejar.

Las deplorables omisiones son, entre otras, la ausencia de procedimientos para dar fehaciencia de defunciones, inscripciones extemporáneas de niñas y niños, mecanismos de registro en tanto se emiten las normas para la implementación del llamado documento personal de identificación y la inscripción de recién nacidos en situación de abandono, al derogar 70 artí­culos del Código Civil que, se concretará, si no se corrige la situación el próximo 1 de octubre.

La batalla por esclarecer el entuerto en el que se ha convertido tal norma para las municipalidades del paí­s, pero principalmente en el futuro inmediato, sino se enmienda la misma, para muchí­simos guatemaltecos, inició en mayo pasado cuando la Asociación Nacional de Municipalidades, Anam, presentará una acción de inconstitucionalidad que aún la Corte de Constitucionalidad, en un sórdido contubernio, no ha resuelto. La denuncia hecha el lunes 16 fue objeto de asombro. Empero, Anam no se ha quedado en el señalamiento, ha efectuado las propuestas correspondientes para subsanar las lamentables omisiones del Renap. Esa es la verdadera intención y no «abogar por una actividad caduca» como señala maliciosamente el editorial de Prensa Libre de esta mañana.

La pelota está de nuevo en la cancha legislativa. Ojalá prive en ellos el sentido de la cordura y de la reflexión para corregir esa criatura bien intencionada, pero pésimamente diseñada.