El Registro de la Propiedad sin fiscalización


Esto no puede seguir así. Tal parece que los que trabajan allí, comenzando por la Registradora General de la Propiedad Inmueble, y no solo la actual, sino también los anteriores, han manejado la situación con la creencia de que aparte de tener autonomía para su trabajo, también son independientes, lo cual es inaceptable, especialmente ante la persistencia de negarse a ser fiscalizados por la Contraloría General de Cuentas de la Nación.

Jesús Abalcázar López *
jesus.abalcazar@gmail.com

 


Para comenzar con el asunto, se hace necesario determinar si el Registro de la Propiedad maneja fondos públicos o no. La registradora Anabella De León dijo que no, porque no se recibían fondos del Presupuesto General de la Nación. Pero, de no recibir dinero del presupuesto, sí recibe dinero de los ciudadanos que solicitan los servicios del Registro, que debe ser el garante estatal de la seguridad jurídica que garantiza el derecho de propiedad. Al recibir este dinero, dicho dinero se convierte en un ingreso o sea que ingresa como un fondo público, porque ya llegó a manos del Estado, y desde ese momento se convierte en objeto de control y fiscalización, por parte de la Contraloría General de Cuentas, y no se trata de que doña Nora, la Contralora, solo por capricho o por venganza política, quiera fiscalizar al Registro.

         Pero, para buscar claridad en el asunto, vayamos a ver lo que dice nuestra ley fundamental, es decir, la Constitución Política de la República, en el Título V, Estructura y Organización del Estado; Capítulo III, Régimen de Control y Fiscalización; Artículo 222, Contraloría General de Cuentas: “La Contraloría Genral de Cuentas es una institución técnica descentralizada, con funciones fiscalizadoras de los ingresos, egresos y en general de todo interés hacendario de los organismos del Estado, los municipios, entidades descentralizadas y autónomas, así como de cualquier persona que reciba fondos del Estado o que haga colectas públicas.” En el caso que nos ocupa, el Registro General de la Propiedad no recibe fondos del Estado, pero por recibir pagos del público, por la prestación de servicios, debe ser fiscalizado, porque al recibir fondos, debe responder por su manejo.

         Pero, vayamos también al Acuerdo Gubernativo No. 30-2005, Reglamento de los Registros de la Propiedad, esgrimido por la señora Anabella, la Registradora, como el argumento preciso para oponerse a la fiscalización. Sin embargo, aquí solo encontramos algo en el Títuo III, Capítulo I: Comisión Nacional Registral, donde, en el Artículo 7, se lee: “Designar y aprobar la contratación, cada año, de la persona o entidad que deberá efectuar la Auditoría Externa de la Contabilidad de los Registros de la Propiedad, dictarle los parámetros bajo los cuales deberá rendirla y recibir de esta, en forma directa, los resultados y recomendaciones que sean del caso”. Aquí, analisamos que no hay nada específico sobre una auténtica fiscalización de parte de la Comisión Nacional Registral, sino solo una auditoría externa contratada.

        Ahora, recordemos lo que ha quedado escrito en la historia, respecto de cómo, por qué y para qué los presidentes del país han nombrado a los registradores de la propiedad inmueble durante los más de cien años, no de soledad, sino de bonanza en dichos registros. ¿Cómo? Pues por el poder de nombrar a los funcionarios; ¿Por qué? Como agradecimiento u oportunidad a alguien o como prebenda política; y, ¿Para qué? Para que se favorezcan de los altos beneficios económicos que allí se obtienen, practicamente sin ningún control ni fiscalización del órgano ad hoc del Estado, encargado de dicho control y fiscalización. Nos referimos de que allí cobran por todo, por ejemplo, por un papelito para llenar datos y pedir un libro, por traer el libro y por otras otras cosas más. Esos cobros deben terminar, porque son ingresos por los que no dan comprobante.
        
         Anabella De León quiso sorprender al presidente Pérez Molina diciendo que este haría una consulta a la Corte de Constitucionalidad, pero él no se tragó el anzuelo y declaró que lo mejor sería emitir un nuevo Acuerdo Gubernativo, donde quedara claro que la institución del Registro de la Propiedad debe ser sometido al control y fiscalización de la Contraloría General de Cuentas, aunque esto no le parezca a la registradora ni a los trabajadores sindicalizados, a quienes, por supuesto, no les conviene ningún control ni menos una fiscalización, porque esto pone en peligro el modus vivendi que han mantenido por muchos años. Es increible como esta funcionaria está poniendo en riesgo su alta posición política en el partido de los patriotistas, y lo peor es el desgaste innecesario que le ha provocado al gobierno, por lo qué, el presidente, así como la nombró,  debería prescindir de ella.

   *Periodista Asociado de la APG