«El Mintrab es uno de los más pobres del Estado»


El 10 de junio último fue inaugurado el Instituto de Investigación Jurí­dico-Laboral (Iuslabor), en el cual convergen reconocidos juristas del derecho laboral en el paí­s. Según los fundadores, el énfasis del Instituto será el derecho colectivo y se enfocará en la investigación de temas laborales así­ como su análisis y publicación para la constitución de herramientas para la resolución de los conflictos de esa rama del derecho.

Gerson Ortiz
gortiz@lahora.com.gt

Diario La Hora conversó con Marcelo Pablo Richter, director del Iuslabor, quien tiene una basta experiencia en materia jurí­dica y en particular en derecho laboral.

La Hora: ¿Cuáles son las razones que llevan a la creación del Iuslabor en Guatemala?

Marcelo Pablo Richter: El grupo de colegas que nos hemos reunido para la conformación del Instituto hemos visto que no hay grupos institucionales que se dediquen al estudio y al análisis del derecho al trabajo en forma profunda. Sí­ hay muchas que se dedican al estudio de derechos humanos y establecen como una vertiente el tema del derecho laboral, pero principalmente se dedican al debido proceso. Pero no hay concretamente una instancia de análisis del proceso laboral, la aplicación de esa legislación y sobre todo, la aplicación de la legislación internacional en materia del derecho al trabajo. Esa fue básicamente la idea que nos unió y nos llevó a crear un instituto que investigue lo relacionado al derecho al trabajo y la seguridad social.

LH: ¿Cuál es la propuesta que tiene el Iuslabor?

MPR: Analizar temas de la realidad y la coyuntura nacional, pero más allá de la doctrina o la teorí­a que podamos conocer, en aspectos esenciales la idea es estudiar cómo estamos en la aplicación de normas, en lo judicial, si existe o no el cumplimiento de las normas en las relaciones individuales y colectivas, cómo funciona la negociación colectiva; porque es ahí­, en el derecho colectivo donde nos queremos centrar. Esa es la intención, analizar la realidad y ver de qué forma podemos hacer propuestas que incidan en la toma de decisiones, porque siempre uno trata que esto llegue a las autoridades del Estado. Un objetivo es que se puedan implementar las opiniones y conclusiones a las que llegue el Instituto y se transformen en polí­ticas públicas que el Estado ponga en marcha.

LH: ¿Cómo explicar la importancia del estudio del derecho laboral en Guatemala?

MPR: El derecho laboral en Guatemala ha sido olvidado, incluso institucionalmente; por ejemplo, uno ve que el Ministerio de Trabajo es uno de los más pobres dentro del Organismo Ejecutivo y del Estado. La cartera de Trabajo es la que menos puede cumplir con su tarea tal cual es, entonces, esto hace que la institucionalidad en materia de trabajo y seguridad social esté muy debilitada. La forma en que se puede reforzar esta institucionalidad es a través del análisis y las propuestas concretas para la ejecución de polí­ticas públicas.

LH: ¿Qué panorama tiene el Iuslabor sobre la situación laboral?

MPR: Aunque no lo hemos analizado a profundidad, cada uno de nosotros tiene una visión de lo que es el derecho al trabajo en Guatemala. Pero un ejemplo del contexto surge de la asamblea extraordinaria de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la que trascendió que nuevamente Guatemala es un Estado señalado entre los 25 que más violan las normas laborales a nivel mundial. Es una cuestión que nos deberí­a causar bastante tristeza porque la realidad nos muestra que aunque se hagan esfuerzos, tanto en lo jurí­dico como en la relación de trabajo, no es suficiente para que Guatemala dé un salto de calidad en la aplicación y cumplimiento de normas laborales.

LH: Expertos en la materia hablan del ciento por ciento de impunidad en materia laboral, ¿qué opinión le merece esa aseveración?

MPR: Yo como trabajador de un Organismo que hace justicia (Corte de Constitucionalidad) puedo decir que esos porcentajes están distorsionados. Muchos de los casos que se tramitan en la jurisdicción ordinaria -juzgados y salas de apelaciones- no llegan a la CC. La Corte analizó y estudió muchos casos en los que se han dado cuestiones positivas en la aplicación de las normas en materia laboral. Obviamente, cuando una de las partes tiene la razón, los juicios saldrán en un sentido favorable para el trabajador o el patrono, dependiendo quién haya aportado mejores pruebas dentro del proceso y haya convencido al juzgador. Creo que las cifras están distorsionadas, pero considero la labor que ha hecho la CC en materia de reconocimiento de derechos.

LH: ¿Cuál ha sido esa labor?

MPR: Por ejemplo, en los casos de trabajadores que son contratados en renglón 0-29, la CC ha establecido que hay una relación laboral, lo cual ha sido fundamental porque el Estado tiene que revisar su polí­tica de contratación. Son casos donde ya existe doctrina legal. Los tribunales inferiores tienen que aplicar lo que ha dicho la Corte. Otro ejemplo es que la CC ha hecho una interpretación extensiva del artí­culo 151 y ha dicho que la trabajadora puede dar su aviso de embarazo hasta el momento mismo del despido, lo que hace una protección mucho más importante de lo que establece el propio código de Trabajo. Esto hace disminuir los porcentajes de impunidad que; habrí­a que analizar en el contexto laboral donde se da arbitrariedad y corrupción, en algunos tribunales y juzgados, pero este tribunal sí­ ha hecho lo posible por mejorar en esa materia.

LH: En materia procesal la situación parece ser bastante precaria, ¿qué propuesta tiene el Instituto?

MPR: En ese sentido básicamente es que se debe cumplir la ley; una cultura de cumplimiento de las normas tanto procesales como sustantivas nos va ayudar a resolver esas cuestiones.

LH: Pero hay abusos de los litigantes, por ejemplo, en el uso de los amparos.

MPR: Desafortunadamente sí­. Se abusa de los medios de impugnación y de los medios procesales que los litigantes tienen para alargar un juicio; pero ahí­ también hay atribuciones de los juzgados, ver cuándo uno está litigando inadecuadamente y hacer las advertencias necesarias.

LH: ¿Qué hacen los jueces para no vulnerar el derecho de defensa?

MPR: Es que cuando se hacen estas advertencias no se está vulnerando el derecho de defensa, el juez conocedor de la Ley, advierte cuándo se está abusando de los remedios procesales para alargar un juicio; entonces ahí­ también un juez capacitado y que conozca bien la Ley puede advertir estas cuestiones; aunque también debe darse la buena fe entre los litigantes, de lo contrario estas cosas van a seguir sucediendo.

LH: ¿Podrá incidir el instituto en ese aspecto?

MPR: La idea es que podamos en cierta forma plantear propuestas para las modificaciones de un proceso e incluso capacitación para ver de qué manera se puede litigar de buena fe, sobre todo en la formación de abogados jóvenes.

LH: En otra lí­nea, ¿por qué es importante la discusión sobre el Convenio 175 de la OIT?

MPR: Considero que el trabajo a tiempo parcial, al no estar regulado de forma eficaz puede tener consecuencias negativas en los trabajadores. Sabemos que en las relaciones entre patrón y trabajador siempre hay ventajas para el primero y desventajas para el trabajador y si la ley no es muy clara de cómo debe celebrarse un contrato en estas condiciones seguramente que quien tiene ventaja en la negociación las va a aprovechar, entonces la propuesta es que esté bien legislado, que haya un régimen propio de contratación a tiempo parcial para que el trabajador ya sepa cuáles son las consecuencias de ese tipo de contratación; si va a tener protección de la seguridad social o no, cuál va a ser su salario, cómo se va a calcular, de qué manera va a gozar sus vacaciones; todo eso no está regulado, así­ que un régimen bien establecido protegerí­a con mayor puntualidad los derechos de los trabajadores, por eso la propuesta es que se ratifique el convenio, incluso la opinión personal es que no riñe con la Constitución.

LH: ¿Cómo ven el panorama en las mesas de negociación en el Legislativo?

MPR: Digamos que ya se haya convocado a la discusión es un paso adelante. Que el Congreso esté pensando que ésta puede ser una herramienta que puede colaborar sobre todo a la economí­a guatemalteca nos da una señal de esperanza; que después se vaya a discutir en el pleno y se dé su aprobación o no, esa ya es una decisión que el propio Congreso tomará, pero sí­ considero que era muy positivo el primer paso de convocar a todas las organizaciones profesionales y gremiales para escuchar las opiniones; independientemente de todas las que escuchen los diputados se formarán la propia para analizar y estudiar el tema.

LH: ¿Qué opina de las exposiciones del Ministro de Trabajo y el Seguro Social sobre el tema?

MPR: Ambos estuvieron de acuerdo en que serí­a un aporte para el Estado guatemalteco la aprobación de este convenio. Creo que con la palabra del Estado, con la palabra del Gobierno, el Congreso ya tendrí­a más insumos para tomar la decisión, además de lo que les podamos aportar quienes estamos trabajando desde ya en el análisis del tema.

LH: Para concluir: ¿cuáles son las metas que el Iuslabor se ha trazado a corto y mediano plazo en un paí­s con esta situación laboral?

MPR: Nuestra intención inicial es estudiar el derecho al trabajo y empezar a producir instrumentos de análisis; se puede esperar la opinión en el Instituto con opinión autorizada o sobre todo fundamentada y seria por ser conocedores de la materia, creemos que esa es la intención básica y obviamente que todos nuestros análisis serán democráticos y participativos, plurales y con opiniones sin ningún tipo de limitación donde todo lo que se dice es tomado en cuenta para lo que se pueda ir produciendo de parte del instituto hacia la sociedad.