El laberinto legal que vive Honduras


El Presidente de Honduras dispuso realizar una especie de consulta popular, mediante un raro procedimiento de encuesta porque no podí­a implementar una legí­tima consulta, para medir la opinión de la gente respecto a la posibilidad de colocar en las próximas elecciones una cuarta urna para que el pueblo vote sobre el proyecto de reformar la Constitución a efecto de que se permita la reelección presidencial. Dados los antecedentes de nuestros paí­ses con casos como los de Ubico y Carí­as, en Guatemala y Honduras respectivamente, el principio de no reelección se contempla como una norma pétrea constitucional porque se sabe que aquí­ más que reelección lo que se da son autoimposiciones mediante fraude.

Oscar Clemente Marroquí­n
ocmarroq@lahora.com.gt

Pues bien, los estamentos legales hondureños declararon improcedente el mecanismo de consulta dispuesto por el Presidente de la República y el Ejército acató la resolución de la Corte Suprema de Justicia y decidió no cooperar con el Gobierno en la realización de un acto declarado ilegal por los tribunales competentes. El Presidente dispuso la destitución de los militares que no acataron su orden, dictada en calidad de Comandante General del Ejército y éstos recurrieron en Amparo, habiendo logrado que la misma Corte ordenara su inmediata restitución.

Creo importante señalar los antecedentes del conflicto que se vive en ese paí­s y que puede derivar en un cuartelazo, porque es crucial determinar cuándo se produce la ruptura del orden constitucional y al respecto veo que existen ya marcadas diferencias de interpretación de acuerdo a las tendencias ideológicas. Zelaya, que alcanzó la presidencia postulado por conservadores, sorprendió a propios y extraños cuando se convirtió en portavoz de la izquierda y se sumó a iniciativas satanizadas por la derecha regional porque son promovidas nada más y nada menos que por Hugo Chávez.

Ahora se apela a la cacharpa inútil que es la Organización de Estados Americanos para que defienda la institucionalidad en Honduras, pero por enésima vez hay que preguntar de qué lado está la institucionalidad, con todo y que la OEA por su estructura misma estará siempre alineada con el poder ejecutivo que, en este caso, puede haberse saltado las trancas en el esfuerzo por forzar a la colocación de una cuarta urna en las elecciones de octubre de este año, para que el pueblo decida si se reforma la Constitución de acuerdo a lo que propone y desea el presidente Zelaya.

En medio de un conflicto legal como el que se vive en el paí­s hermano, es obligado que institucionalmente se respeten los procedimientos y las normas constitucionales para evitar la ruptura. Desconozco cuál es el procedimiento que la Constitución hondureña establece para la realización de reformas como la planteada por el Gobierno, pero sé que el ejercicio programado para el domingo no es parte de los mecanismos contemplados en la ley, sino que es una iniciativa que el mismo Zelaya señala como no vinculante, pero que puede tener efectos tremendos en polarizar a la sociedad. Y lo vemos ya con la reacción internacional porque se desbordan las pasiones ideológicas en las manifestaciones a favor y en contra del gobierno de Zelaya, al punto de que la institucionalidad y constitucionalidad se juzgan más de acuerdo a ese sesgo que a la elemental lógica jurí­dica que debiera prevalecer en este caso.