Pese a la contradicción que Guatemala es un país con carencias de todo tipo y sobre todo que los gobiernos se quejan de aprietos económicos, la Dirección General de Control de Armas y Municiones (Digecam) anuncia la destrucción de un inventario de miles de armas.
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Además, que aunque los costos para obtener una licencia para tenencia o para portar arma de fuego son relativamente altos, las personas se siguen armando debido a la violencia e inseguridad ciudadana que nos agobia.
En el corto plazo de 2010 el Digecam contaría con un moderno equipo digital para lectura de huellas dactilares y otro para huella balística, algo que vendría a agilizar y facilitar el archivo y que también en el futuro podría estar en línea con los órganos relacionados.
Otro reflejo de ello, es por la información que se dio a conocer acerca de que a partir de enero los interesados en tramitar o renovar una licencia, obtendrían un documento totalmente nuevo, con inclusión de otros estándares de seguridad, adelanta Gabriel Portillo, director del Digecam.
Esto último, para evitar la falsificación, ya que como casi cualquier documento de identificación, en casi todos los países del mundo son susceptibles de falsificación. Aunque parte de ello se recibirá por donación el Digecam podría invertir aproximadamente otros Q2 millones
Lo novedoso sobre los temas tratados, como licencia e identificación de huellas, sería el enlace de información que el Digecam compartiría para agilizar la investigación y corroborar datos, entonces por fin el ente encargado del control de armas tendría un enlace informático en línea.
La información sería compartida y cruzada con el Ministerio Público (MP), Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif) y Ministerio de Gobernación (Mingob), que hoy como ejemplo es una deficiencia que el Registro Nacional de las Personas (Renap) tiene con el tribunal Supremo Electoral (TSE).
«Que tenemos en nuestros almacenes por diferentes motivos, por diferentes causas […] que también estamos en proceso de coordinación con la Corte Suprema de Justicia para la destrucción de unas 6 mil 500 armas que ya no tienen ningún movimiento», explicó el Director del Digecam.
Entre las armas que irían a su destrucción hay escopetas, pistolas y otras clases, que en algunos casos se podría hacer una revisión con las autoridades de Justicia para evaluar su utilidad, «[?] pero hablando de seis mil talvez un uno por ciento podrían estar en condiciones aceptables para poderlas utilizar», dice Portillo.
LICENCIAS
Actualmente, el Digecam solo extiende licencias por el término de un año y a partir del 29 de abril pasado, fecha de aprobación de la nueva Ley de Armas y Municiones, se han extendido 38 mil licencias de tenencia.
Ocho meses después, también reportan 22 mil 600 licencias para portar arma, armas amparadas con licencia 28 mil 910, el inventario de armas decomisadas es a la fecha de 977 y mil quinientas armas que fueron registradas ante el Digecam, han sido reportadas como robadas.
En toda la vigencia del Digecam, antes Decam, la totalidad para licenciar a los interesados fue explicada, «tenemos licencias de portación vigentes 72 mil 034; tenencias, 405 mil 223 licencias; armas consignadas con registro 15 mil 195; armas reportadas robadas 21 mil 676; armas amparadas con licencia de portación 100 mil 268», enumeró.
Como casi cualquier institución estatal, el presupuesto del Digecam para operar es insuficiente ya que no depende del presupuesto del Ministerio de la Defensa sino se nutre de los ingresos que obtiene al extender o renovar licencias.
Q64 millones es el costo aproximado del equipo que se obtendrá en calidad de una donación que facilitaría el Gobierno a través de los impuestos de la población de los Estados Unidos de América.
La nueva ley de «Armas y Municiones» Decreto 15-2009 del Congreso de la República fue aprobada el 31 de marzo de 2009, publicada en el Diario de Centro América el 20 de abril y en vigencia desde el 21 de abril de 2009.
Su aplicación es general a todos los ciudadanos y en todo el territorio nacional.
La ley está integrada por siete títulos y 151 artículos, de ello el título II artículo 22 hace referencia específica a la creación y funcionamiento de la Dirección General de Control de Armas y Municiones (Digecam).
Entre su articulado, se encuentran los requisitos y todo aquello que permite la ley sobre traslados y transporte de armas, fabricación, importación, compraventa, tenencia, portación y reacondicionar.
El título VI, se refiere a los delitos, faltas, penas y sanciones; mientras que el título VII Capítulo II de las disposiciones finales, ordena la aplicación de la ley Contra la Delincuencia Organizada Decreto 21-2008 del Congreso, para fines de investigación y persecución de los delitos que se relacionan.